Según la versión difundida este martes, la antigua analista de la Unidad de Investigaciones Criminales del Ministerio Público (UIC), -quien fue propuesta como “testigo” por la PEPCA en el caso Odebrecht- afirmó que en los documentos societarios que tuvo a bien analizar de las empresas Albox, S.A., Inversiones Monttoba, SRL y Radio-Difusora Sky Land, S.A., todas propiedades del señor Víctor Díaz Rúa, no hay constancia de que las mismas fueran utilizadas para cometer ilícito penal alguno.
Santo Domingo, D.N. La testigo Digmari Rodoli, quien dice ser “agente táctico-abogada,” habría expresado en la audiencia de este martes que al realizar sus informes las compañías del ingeniero Víctor Díaz Rúa eran simples tenedoras de inmuebles, que nunca han contado con cuentas bancarias.
De esa manera, con la admisión de Rodoli se descarta la posibilidad de que las empresas del ex ministro de Obras Pública fueran utilizadas para lavar dinero, como insinúa en la acusación el Ministerio Público, comenta la nota de prensa distribuida a los medios sobre las declaraciones de emitidas en el tribunal.
ULTIMAS NOTICIAS
- Compras Contrataciones anula licitación de IDOPPRIL por irregularidades
- Gobierno de Luis Abinader otorga 7,925 pensiones solidarias
- Abinader asistirá a funeral del papa Francisco en Roma
- El absurdo acoso de ”nacionalistas” contra Abinader
- 25 turistas asesinados en Cachemira india tras ataque armado en Pahalgam
La nota indica que Rodoli declaró que Díaz Rúa no es y nunca ha sido socio de Merkel Investment, SRL, otra entidad que le atribuía el Ministerio Público, supuestamente para realizar actividades delictivas.
Al ser contra interrogada por la licenciada Laura Rodríguez, defensa técnica del ex funcionario, la testigo reconoció que todas esas empresas se tratan de entidades que poseen un registro público en la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo (CCPSD) y, como tales, están acorde con la ley 3-02 sobre Registro Mercantil.
Específicamente en cuanto a la entidad Albox, S.A., Digmari Rodoli reconoció que a esa empresa le fueron aportados -en el año 2002- bienes propiedad del propio Díaz Rúa, siendo este su presidente y mayor accionista.
La testigo catalogó los aportes en naturaleza y las transferencias de acciones como operaciones rutinarias de una empresa, que no guardan relación con hechos delictuosos, indica.
Finalmente, estableció que las empresas analizadas -propiedad de Díaz Rúa- están organizadas en dos entidades panameñas de la cual el propio Díaz Rúa es el titular y beneficiario final. Constatándose así que tanto las entidades como los bienes de los cuales estas son titulares nunca han sido ocultas, sino que por el contrario gozan de amplia transparencia y licitud.