La “Regla de oro” de la democracia es el respeto a las mayorías constituidas en un objetivo determinado. En los ayuntamientos, como gobiernos locales, que tienen estructuras parecidas a los poderes del Estado, en las cuales, las Salas Capitulares hacen las veces de Poder Legislativo y, el Alcalde es el Ejecutivo, sus bufetes directivos, deben ser elegidos por las mayorías de los regidores coincidentes, con transparencia y ética, en procura de fortalecer la división de los poderes y el ejercicio eficaz de sus funciones como representantes del pueblo para ser contrapeso del ejecutivo.
El PRM entiende que el contrapeso en el ejercicio gubernamental y local, en la ejecución presupuestaria con transparencia, logra una mayor eficiencia administrativa del ejecutivo, y el pueblo recibe mayor cantidad de beneficios con servicios públicos de mayor calidad y cantidad, razón de ser del voto del ciudadano, cada vez que elige un gobierno nacional o local.
En ese sentido, el PRM ratifica que ha instruido a sus funcionarios municipales para que la llamada “regla de oro” que impere en la elección de los bufetes directivos de los ayuntamientos sea la expresión de la mayoría de Regidores y restablecer así la calidad fiscalizadora de las Salas Capitulares como contrapeso de los gobiernos locales.