<span style="font-size: 12px;">Artículo 18:
Nacionalidad: Son dominicanas y dominicanos (2) “Quienes gocen de la
nacionalidad dominicana ante de entrada en vigencia de esta Constitución”.</span>
Es como se
lee en la Constitución de la República, por tanto, es como nuestra Carta Magna
consagra los derechos de todo aquel o aquella que ante de puesta en vigencia en
el 2010 había adquirido la condición de dominicano o dominicana.
Luego,
cualquier sentencia, no importa del tribunal que provenga, que contradiga el
principio ante indicado es inconstitucional.
Ahora,
cuando el presidente Danilo Medina está en un periplo de consultas a líderes
dominicanos, es bueno que en un tramo de este loable esfuerzo se detenga y
también consulte la Constitución de la República.
Porque
cuando el legislador aprobó ese acápite 2 del artículo 18 sabía por qué lo consignaba
en nuestra Carta Magna sin lugar a interpretaciones. Es más, el mandatario
podría consultar, incluso, el acta de la sesión de la Asamblea Nacional para
contactar los argumentos que en la discusión de este punto expusieron los asambleístas.
Despojar a
miles de dominicanos de su nacionalidad obviando lo anteriormente señalado constituiría
un abuso de poder, y por tanto un acto violatorio de los derechos humanos, que
mantendría a nuestro país en el ojo del huracán de la diplomacia internacional.
Yo pienso
como el propio presidente Medina lo dijo en principio, la sentencia del
Tribunal Constitucional ha creado un drama humano, y lo ha creado porque en sí
misma encierra un atropello a derechos constitucionalmente consagrados.
No debemos
confundir este caso con el de inmigración. A todos debe preocuparnos la elevada
presencia de inmigrantes haitianos en nuestro territorio; y más aún, la
facilidad con que se les permite ingresar por la frontera y se les contrata en
el país pese a ser indocumentados. Si hay una ley de Migración, lo recomendable
es que se aplique a todo extranjero que ingrese a República Dominicana.
Pero ese es
un caso distinto a la pretensión de querer desnacionalizar a quienes nacieron
aquí y son dominicanos, y que la Constitución de la República Vigente les protege
su nacionalidad.