<b>24 de enero 2014.-El Tribunal Superior Electoral declaró nulas las decisiones adoptadas por la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) publicada el 16 de enero por carecer de calidad estatutaria los convocantes de la misma.</b>
La decisión del tribunal fue emitida este viernes en la tarde en una sesión en la que conoció el apoderamiento de un recurso en Demanda de Nulidad a la convocatoria de dicha comisión donde fueron adoptadas una serie de medidas de cara a la asamblea ordinaria que el PRSC celebrará el próximo domingo para elegir sus nuevas autoridades.
La sesión de la comisión ejecutiva, según se ha interpretado en círculos políticos, perseguía mantener el control de la asamblea para favorecer al grupo que lidera el ingeniero Carlos Morales Troncoso y Josecito hazim dentro de ese partido.
Hazim compite con Amable Aristy Castro por la presidencia del PRSC y venía fungiendo como presidente en funciones del PRSC durante el periodo de convalecencia de varios meses del ingeniero Morales Troncoso.
El recurso fue incoado por el doctor Alfredo González Pérez y la sentencia fue votada por el voto concurrente de todos los miembros del Tribunal Superior Electoral (TSE). El fallo del tribunal es el que sigue a continuación:
<b>FALLA: Primero: Acoge, en cuanto a la forma, la “Demanda en Nulidad de convocatoria de Reunión de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y de los efectos y decisiones tomadas por la misma”, incoada por el Dr. Alfredo González Pérez, mediante instancia a breve termino, depositada en este Tribunal el 20 de enero del año en curso; contra el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), por haber sido hecha conforme a la Ley. Segund Acoge, en cuanto al fondo, la demanda en cuestión; por consiguiente declara nula y sin ningún efecto jurídico la convocatoria a los miembros de la Comisión Ejecutiva del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), publicada en el periódico Listín Diario, Edición de fecha 16 de enero del año 2014, por falta de calidad estatutaria de los convocantes y en consecuencia, declara nulas todas las decisiones emanadas de la reunión efectuada por dicha comisión, celebrada el día 19 de enero del año 2014. Página 2 de 2 </b>
Tercero: Ordena que la presente decisión sea ejecutoria sobre minuta, no obstante cualquier recurso que se interponga contra la misma.
Cuarto: Ordena la notificación del presente dispositivo a la Junta Central Electoral (JCE) para los fines correspondientes.
Quinto. La lectura del presente dispositivo, vale notificación para las partes presentes y representadas.
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil catorce (2014). Firmada por los Magistrados, Dr. Mariano Américo Rodríguez Rijo, presidente; Dra. Mabel Ybelca Féliz Báez, Dr. John Newton Guiliani Valenzuela, Dr. José Manuel Hernández Peguero, Dr. Fausto Marino Mendoza Rodríguez, jueces titulares y la Dra. Zeneida Severino Marte, Secretaria General.
Quien suscribe, Dra. Zeneida Severino Marte, secretaria general del Tribunal Superior Electoral (TSE), certifico y doy fe, que la presente copia es fiel y conforme al original de la sentencia TSE-006-2014, de fecha 24 de enero del año dos mil catorce (2014), que reposa en los archivos puestos a mi cargo, debidamente firmada por los Magistrados que figuran en la misma, en el mes y año en ella expresado, y fue firmada, leída y publicada por mí, que certifico. Dra. Zeneida Severino Marte Secretaria General