<b>El
Consultor Jurídico de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del
Estado, OISOE, informó que al parecer el Alcalde del Distrito Nacional, Señor Esmérito
Salcedo Gavilán, falta a la verdad de los hechos, o pretende desconocer
determinada situación, al denunciar que la OISOE, asume una pocisión desafiante
en lo relativo a la construcción del puente peatonal en la Autopista 30 de
Mayo, en las inmediaciones de la Universidad del Caribe.</b>
El Lic.
Frank Reynaldo Fermín Ramírez explica, que tan pronto les fue notificado el
irrito auto No. 037-2013, dictado por el Juzgado de Paz para Asuntos
municipales de Manganagua del Distrito Nacional, la construcción del puente fue
suspendida, y que esa situación de suspensión la reconoció el Lic. Giancarlo
Vega, Consultor Jurídico del Ayuntamiento del Distrito Nacional, ante un
requerimiento verbal que al efecto le hiciera el Procurador General
Administrativo, el lunes recién pasado, en donde admitió que la obra en
cuestión esta paralizada.
El
Consultor Jurídico de la OISOE, deploró que el Alcalde del Distrito Nacional,
alegue violación de Estado de Derecho y desafío a la justicia, cuando en el mes
de abril de una manera abierta, irreflexiva
y abrupta, un personal a cargo del
Ayuntamiento del Distrito Nacional, y actuando por instrucciones de el Sr. Salcedo, procedió a
realizar la destrucción del puente en cuestión, sin estar provistos de ninguna
disposición legal o sentencia de ningún tribunal, siendo este un proceder
antijurídico, en violación al artículo 188, 189, 190, 257 y 438 del Código
Penal, y por tanto quien ha estado desafiando y enfrentado el Estado de
Derecho, ha sido él.
Fermín
Ramírez ofreció la información a este medio, tras ser requerido su parecer,
sobre el particular, indicando por igual que la suspensión fue recurrida
oportunamente por ante la Corte de Apelación Penal del Distrito Nacional, y que
sólo se está a la espera de la fecha de la audiencia, fecha que a su entender,
será en breve dada la naturaleza del proceso.
De
igual manera, Fermín Ramírez precisó, que esa construcción fue iniciada por la
OISOE, luego de un pedido que le fuera realizado al Presidente de la República,
en una comunicación suscrita por más de 20,000 personas que cursan estudios en
ese centro universitario y que a su vez este puente peatonal forma parte del
Plan Nacional, plurianual del Sector Público, elaborado por el Ministerio de
Economía, Planificación y Desarrollo de la República Dominicana , para los años
2013-2016, en la página 161 de ese informe figura como inversión pública
revelante entre otras, la construcción puente peatonal Universidad de Caribe,
en la Av. George Washington.
La
OISOE actualmente ejecuta esa y otras obras de esta naturaleza, en atención a
masivos requerimientos de numerosas comunidades de todo el país y con la
motivación de proveer de seguridad, preservar y proteger vidas humanas, dijo el
Lic. Fermín, mencionando el hecho de que donde se pretende construir el mencionado puente, se
han producido una gran cantidad de accidentes de tránsito, habiendo ya
fallecido en ese entorno varias personas; mientras el proceder del Alcalde
Salcedo Gavilán, según el jurídico de la OISOE, es al parecer selectivo, y
pretende confundir a la opinión pública, en lo relativo a puente peatonal y
parqueos.
¨Esta
Oficina Supervisora no tiene nada que ver con la posibilidad o intensión de
construcción de parqueos¨, declaró Fermín Ramírez. El criterio externado por el
Alcalde Salcedo, y el cual respetamos aunque no compartimos, de que “el
problema de la Universidad de Caribe, se resuelva con menos aulas y menos
estudiantes, y más parqueos, además de manifestar que esa construcción es para
“una universidad y eso es un negocio”, lo consideramos desafortunado.
Por
último expresó que, la OISOE ha procedido de conformidad con el mandato legal,
y que conforme a las leyes en la materia, y de manera particular las
previsiones contenidas en la Ley 1474, sobre Vías de Comunicación, por ser la
autopista de 30 de mayo, una vía que comunica el Distrito Nacional, con varias
cabeceras de provincia, corresponde al Estado Dominicano, y no al Distrito
Nacional, por tanto al corresponder al Estado Dominicano, la ley dispone que se
halla bajo la jurisdicción del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones;
aún así, la construcción del puente se encuentra detenida como consecuencia de
una orden de suspención de un tribunal acatada por el Director de la OISOE, sin
embargo el tribunal que ordenó dicha
medida, posteriormente procedió a declinar el proceso por considerarse incompetente, imcompetencia
reconicida por el Fiscalizador del Juzgado de Paz Municipal de Manganagua.
El Jurídico dijo haber recibido instrucciones
precisas del Director de la OISOE, de utilizar las vías de derecho puestas a
nuestro alcance para conjurar esta lamentable situación provocada por el Alcalde
del Distrito Nacional.
Concluyó
diciendo estar esperanzado, en que el Alcalde del Distrito Nacional, deponga la
actitud desafiante, e ilegal llevada contra la OISOE, y que ambas instituciones
puedan trabajar para el bienestar de todo el país.