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Portada Globales América Latina

Condenada RD por el caso de Narciso González<br>

por Carlos Tejada
abril 2, 2012
en América Latina
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La Corte Interamericana de los Derechos Humanos condenó a República
Dominicana por violar los derechos de Narciso González y sus
familiares, por considerar que no actúo con determinación para
esclarecer&nbsp; la desaparición forzada del profesor universitario en 1994,
por lo que el Estado tendrá que pagar unos 360 mil dólares a la familia
González.

Además, República Dominicana tendrá que garantizar una investigación
seria y un proceso judicial que permitan identificar y castigar a los
culpables de la desaparición del activista cultural y político, crítico
del ex presidente Joaquín Balaguer, quien gobernaba en el momento del
hecho.

Mediante sentencia &nbsp;del 27 de febrero de este año, difundida este
lunes, la Corte Interamericana de Derechos Humano ordenó al Estado
dominican

1-&nbsp; “Continuar y realizar las investigaciones y procesos
necesarios, en&nbsp; un plazo razonable, con el fin de establecer la verdad
de los hechos (…) y sancionar a los responsables de la desaparición
forzada de Narciso González Medina”.

2-&nbsp; Efectuar, a la mayor brevedad posible, una búsqueda seria para determinar el paradero del señor Narciso González Medina.

3-&nbsp; Brindar, de forma inmediata, el tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas que así lo soliciten.

4-&nbsp; Publicar el presente resumen oficial de la sentencia en un
diario oficial y en un diario de amplia circulación nacional y en la
totalidad en el sitio web oficial.

5-&nbsp; Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso.

6-&nbsp; Colocar una placa conmemorativa en el Centro Cultura l
Narciso González, en la que se haga alusión a esta sentencia, a los
hechos y a las circunstancias en que ocurrieron.

7-&nbsp; Realizar un documental audiovisual sobre la vida de Narciso González Medina.

8-&nbsp; Garantizar que la aplicación de las normas de su derecho
interno (… ) permitan realizar una investigación adecuada de la
desaparición forzada.

9-&nbsp; Pagar las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de
indemnizaciones por daños materiales e inmateriales y por el reintegro
de las costas y gastos así como reintegrar al fondo de asistencia legal
de víctimas de la corte interamericana de la cantidad en la sentencia.

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