Teodoro Avelino Carela (Butu) intentó llevar 20 indocumentados a Puerto Rico tras cobrar US$5,000 por persona.
Santo Domingo.Los jueces del Tribunal Colegiado de Hato Mayor han condenado a diez años de prisión a Teodoro Avelino Carela, conocido como "Butu", capitán de una yola clandestina que intentó llevar a 20 personas indocumentadas a Puerto Rico el año pasado.
Carela fue hallado culpable de los graves delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas en perjuicio del Estado dominicano, una acusación que el Ministerio Público (MP) pudo probar de manera fehaciente ante el tribunal. No obstante, el coimputado, Fernando Pierre Alcined, fue absuelto de los cargos.
El expediente acusatorio detalla que la operación ilegal se puso en marcha la noche del 2 de septiembre de 2024. Alrededor de las 9:30 p.m., la Guardia Costera de los Estados Unidos (US Coast Guard) alertó a la Armada de República Dominicana (ARD) sobre una embarcación sospechosa.
La intercepción a 35 millas náuticas
La alerta situó a la nave a 35 millas náuticas de Cabo Engaño, en la provincia de Samaná. Tras la notificación, la ARD movilizó sus unidades y logró interceptar una embarcación de fabricación rudimentaria. La yola, de color azul y unos 23 pies de eslora, estaba equipada con dos potentes motores fuera de borda.
En su interior, las autoridades encontraron a veinte personas—18 hombres y 2 mujeres—que se dirigían a la vecina isla. Se determinó que el viaje había partido desde una playa en Sabana de la Mar, en la provincia Hato Mayor.
La investigación reveló el alto costo del riesgo que asumían los migrantes: a cada persona se le había exigido la suma de US$5,000 dólares por el pasaje. El trato consistía en entregar un avance inicial de US$1,000 en el país, y saldar los restantes US$4,000 al llegar a Puerto Rico, o bien pagar la suma total una vez alcanzado el destino.
La ley 137-03 afectada
El fiscal Wilson Santana José tuvo a cargo la investigación, y junto a la fiscal Luz Almonte en la litigación, lograron que el tribunal acogiera la calificación jurídica de violación a varios artículos de la Ley 137-03, que versa sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
La sentencia fue dictada por los jueces Francisco Antonio Arias Sánchez, Haissel Uribe Reyes y María del Carmen García. Los magistrados ordenaron que Teodoro Avelino Carela cumpla su condena en la cárcel pública de El Seibo, además de declarar las costas penales de oficio.
