El Tribunal desestima la acción ciudadana contra la JCE por existir otra vía legal efectiva.
SANTO DOMINGO.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha marcado la pauta esta semana al declarar inadmisible una acción de amparo interpuesta contra la Junta Central Electoral (JCE), al tiempo que ha zanjado y archivado una disputa interna del Partido Fuerza del Pueblo (FP).
En el primer caso, el tribunal desestimó el amparo que el ciudadano Junior Martínez había depositado contra la JCE el 23 de septiembre de 2025. La decisión fue unánime entre los magistrados, incluyendo al juez presidente Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo y a los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz.
La clave de la decisión no fue de fondo, sino de forma. El TSE fundamentó su fallo en que la reclamación del ciudadano debe seguir otra ruta legal, más específica y, por ende, más efectiva, según lo establece el artículo 70 de la Ley 137-11.
El tribunal fue preciso al señalar que la vía correcta para la solicitud de Martínez es una demanda en validez de acta de nacimiento ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Monte Plata. El registro del acta del accionante reposa en esa jurisdicción, y el TSE recordó que su posición se alinea con el precedente dictado por el Tribunal Constitucional en abril de 2022. En esencia, la acción de amparo fue descartada por ser la vía incorrecta para tramitar un reclamo de ese tipo.
Punto final a la disputa en Fuerza del Pueblo
En un caso aparte, el Tribunal Superior Electoral dio por concluido un proceso que afectaba al Partido Fuerza del Pueblo (FP) y a su Comisión de Justicia Electoral.
El TSE libró un acta oficial de desistimiento de la parte demandante, Doris Elsa Nouel Martínez, y ordenó el archivo definitivo del expediente número TSE-01-0026-2025.
Esta acción legal se refería a un "Recurso de apelación e impugnación de votaciones" realizadas durante el Congreso Elector Manolo Tavárez Justo del partido, celebrado el pasado 14 de septiembre de 2025.
Con este desistimiento, la disputa interna queda formalmente fuera de la órbita judicial electoral. La decisión del TSE de archivar el expediente representa un punto final a la controversia dentro de la organización política y alivia la presión sobre la Comisión de Justicia Electoral del FP, permitiendo al partido centrar sus esfuerzos en sus agendas internas sin la sombra de un litigio pendiente.
Ambas resoluciones demuestran el papel activo del TSE en la depuración de los procesos judiciales, asegurando que los ciudadanos utilicen las vías legales que la Constitución y las leyes procesales determinan como las más idóneas para cada tipo de reclamación.

