El Tribunal rechaza ejecutar sanción económica de RD$1,500 diarios contra el Partido Justicia Social.
SANTO DOMINGO.-El Tribunal Superior Electoral (TSE) dictó un revés a la parte demandante en un caso que involucraba al Partido Justicia Social (JS). La alta corte rechazó una demanda que buscaba la ejecución de sentencia y liquidación de astreinte (sanción económica) por un monto de RD$1,500.00 diarios, impuesta previamente mediante la sentencia TSE/0022/2025 del 4 de septiembre de 2025.
La decisión de los magistrados —Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez— se basó en una revisión exhaustiva del expediente.
El Tribunal comprobó que la parte demandada, el Partido Justicia Social, sí procedió a entregar los informes financieros sobre el uso de los fondos públicos que le otorgó la Junta Central Electoral (JCE), tal como lo exigía el dispositivo de la sentencia original.
La clave del incumplimiento parcial
La complejidad del caso radicaba en el argumento del demandante, el ciudadano Rubén Darío Rodríguez Beato, quien alegaba un cumplimiento parcial de la sentencia. El demandante insistía en la no entrega de los soportes del informe financiero, un requerimiento que, si bien se mencionaba en la parte considerativa de la decisión íntegra del TSE, no figuraba en el dispositivo de la misma.
El TSE determinó que este requerimiento no podía ser retenido como un incumplimiento. La razón: no reposaba en el expediente ninguna constancia de que la sentencia íntegra hubiese sido debidamente notificada a la parte demandada. Sin esta notificación, el Tribunal no puede asumir que el Partido Justicia Social estaba al tanto y era responsable de incumplir dicho aspecto.
Previo a este fallo, el Tribunal ratificó la recalificación del proceso como una demanda en referimiento en ejecución de sentencia y liquidación de astreinte, considerándolo el procedimiento aplicable.
De esta forma, el TSE admitió la demanda incoada el 19 de septiembre de 2025 en cuanto a la forma, por haber sido interpuesta "de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables".
Finalmente, los jueces declararon el proceso libre de costas y ordenaron la notificación de la ordenanza a las partes, además de su publicación en el portal institucional del Tribunal Superior Electoral.
Otros procesos en la alta corte
En otros puntos de la agenda, el Tribunal Superior Electoral dejó en la etapa de fallo reservado un Recurso de Impugnación contra una resolución emitida por la Dirección Ejecutiva Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el municipio El Valle.
Los accionantes, David Ambioris Tiburcio Pérez, José Abelardo Pérez Severino, Eddy Núñez Mejía y José Manuel Javier Cruz, buscan revertir la decisión del PRM en Hato Mayor.
Asimismo, la Alta Corte aplazó para el jueves 16 de octubre las audiencias de dos procesos contra el Partido Fuerza del Pueblo (FP). Se trata de los expedientes TSE-01-0017-2025 y TSE-01-0018-2025, relacionados con recursos de impugnación y anulación del Congreso Elector Manolo Tavárez Justo celebrado el 3 de agosto de 2025 en la provincia Monte Plata, acciones presentadas por Viterbo de la Cruz y Félix Ludovino Aquino Frías. El aplazamiento se dictó para permitir una comunicación recíproca de documentos entre las partes.