El país moderniza su legislación penal tras 141 años de vigencia del código anterior
Santo Domingo.- No fue cualquier domingo. El presidente Luis Abinader estampó su firma sobre uno de los cambios más esperados en la historia legislativa del país: el nuevo Código Penal de la República Dominicana. Atrás queda un marco legal que, aunque reformado en ocasiones, seguía arraigado en un decreto de 1884. Ahora, entra en escena una ley pensada para el siglo XXI: más dura, más detallada, y más alineada con los desafíos actuales en materia de justicia y seguridad.
Pese a ello, numerosos sectores pidieron al mandatario observar la pieza, especiales por que el mismo se rebajan los derechos de la mujer y otros derechos de sectores sociales diversos.
Pese a esas objeciones la ley número 74-25, de carácter orgánico, no es una simple actualización. Es un cambio de piel institucional. Tras múltiples intentos frustrados a lo largo de décadas, el Congreso Nacional logró consensuar un texto que redefine lo que significa cometer un delito y cómo debe sancionarse en un Estado social y democrático de derecho.
Una respuesta a la criminalidad moderna
El nuevo código endurece las penas y actualiza las figuras delictivas. Ahora, los delitos pueden ser sancionados con hasta 40 años de prisión, y hasta 60 años si hay concurso de infracciones muy graves. La prisión mayor se divide en rangos: desde cinco hasta cuarenta años, según la gravedad. Las multas también escalan, basadas en el salario mínimo del sector público, y pueden llegar a ser mil veces ese valor en casos extremos.
Pero más allá del castigo, hay un enfoque que apunta a la prevención y la reinserción. Se contemplan medidas de seguimiento sociojudicial para los condenados, como programas de reeducación, vigilancia posterior a la pena y restricciones de contacto con las víctimas. También se introduce el registro nacional de agresores sexuales.
Nuevos delitos, nuevas amenazas
Lo más notable es la incorporación de delitos que antes quedaban en una zona gris. El feminicidio, la violencia económica, el sicariato, la difusión de deepfakes con fines de chantaje, el ciberbullying, el autosecuestro y la estafa piramidal ahora están claramente tipificados. También se sanciona la intermediación financiera no autorizada y la instigación al suicidio. El nuevo código incluye los crímenes de lesa humanidad, genocidio y desaparición forzada conforme a estándares internacionales.
La violencia dentro de la pareja, antes relativizada en la ley, ahora es reconocida con penas mayores. La violación conyugal ya no es un vacío legal: es un delito sancionado con todo el peso del nuevo marco jurídico.
Personas jurídicas: ahora también responsables
Un cambio importante es la inclusión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Empresas, instituciones y otras entidades pueden ser procesadas penalmente por delitos cometidos por sus representantes, empleados o por negligencia estructural. Las penas incluyen multas millonarias, disolución legal, inhabilitación para contratar con el Estado o participar en concursos públicos, y clausura de operaciones por hasta tres años.
Las organizaciones religiosas y partidos políticos también están contemplados, aunque con limitaciones específicas. Las iglesias, por ejemplo, no serán responsables como instituciones, pero sus líderes sí pueden ser procesados penalmente si cometen delitos en representación de la institución.
Corrupción y delitos sexuales: plazos extendidos
Uno de los puntos más celebrados por sectores ciudadanos es la reforma al tratamiento de la corrupción administrativa. Se amplían los plazos de prescripción, se refuerzan las sanciones y se inhabilita a los funcionarios responsables para ocupar cargos públicos.
Los delitos sexuales contra menores de edad o personas vulnerables tendrán un plazo de prescripción de hasta 30 años, contados desde que la víctima cumpla la mayoría de edad. Esto representa un cambio sustancial en la forma en que se abordan casos que, por vergüenza o miedo, tardan años en ser denunciados.
Un nuevo enfoque: la ley no solo castiga
El Código Penal no se queda en el castigo. Introduce principios que reconocen la prevención, la proporcionalidad, la resocialización del infractor y la protección de la dignidad humana. Las penas deben ser proporcionales al daño causado, y el sistema privilegia soluciones menos lesivas cuando sea posible.
Los principios de legalidad, humanidad, culpabilidad, favorabilidad, entre otros, están ahora expresamente consagrados en el cuerpo de la ley. Esto fortalece la protección de derechos y limita los excesos judiciales o administrativos.
Lo que viene
Aunque ya fue promulgado, el nuevo Código Penal no entrará en vigencia de inmediato. Se ha fijado un plazo de 12 meses para su aplicación efectiva, lo que permitirá al sistema judicial, a los cuerpos policiales, y a los operadores jurídicos adaptarse a su implementación.
No es un cambio menor. Estamos ante una de las reformas legales más importantes de las últimas décadas en República Dominicana. Una ley que busca no solo castigar con más rigor, sino ordenar, proteger y modernizar la forma en que el Estado enfrenta el delito.
Y esta vez, parece que va en serio.