Nueva normativa elimina trabas y acelera la unión de parejas mixtas hispano-dominicanas.
MADRID, España – Una reforma crucial en la normativa de extranjería española está marcando un antes y un después para miles de familias. Los cambios en el Reglamento de Extranjería RD 1155/2024 prometen eliminar las barreras burocráticas que durante años mantuvieron separadas a parejas conformadas por ciudadanos españoles y extranjeros, especialmente dominicanos.
Esta significativa modificación simplifica los procesos de reagrupación familiar, un alivio largamente esperado por quienes enfrentaban trámites tediosos y prolongados.
El abogado Geremía Alcántara, experto en la materia y entrevistado por el programa "Amo Dominicana en Directo", explicó el corazón de esta nueva facilidad: ya no será obligatorio esperar los dos años que antes se requerían para inscribir el matrimonio ante el Registro Civil español antes de solicitar la reagrupación. Además, se eliminan esas entrevistas engorrosas que solían complicar el proceso.
Un camino más directo hacia la residencia
El nuevo procedimiento es claro y directo: primero se solicita la residencia en España y, una vez aprobada, se obtiene el visado correspondiente. "La Instrucción dictada por la Secretaría de Estado de Migraciones es clara al establecer que no será necesario inscribir el matrimonio", enfatizó Alcántara, un cambio que simplifica enormemente el papeleo inicial.
Hasta ahora, los obstáculos eran considerables. Por ejemplo, si un ciudadano español se casaba en República Dominicana, no podía reagrupar a su cónyuge hasta que el matrimonio estuviera inscrito en el Registro Civil español. Este proceso podía demorar hasta dos años e implicaba múltiples entrevistas y gestiones adicionales, generando frustración y largos periodos de separación familiar.
Procesos adaptados a cada situación
La nueva normativa contempla diferentes escenarios para facilitar la reagrupación:
- Cónyuge extranjero residente en el extranjero: Si el cónyuge extranjero vive, por ejemplo, en República Dominicana, y su pareja española reside en España, el proceso se inicia solicitando la residencia directamente en España. Una vez que esta es aprobada, el cónyuge extranjero completa el trámite con la solicitud de visado ante el Consulado español en su país de residencia.
- Ambos cónyuges residen en el extranjero: En este caso, la pareja puede iniciar todo el proceso desde el Consulado, sin necesidad de que el cónyuge español deba regresar primero a España, como ocurría anteriormente. "Una vez que le otorgan el visado para entrar a España, ya viene con la residencia", detalló Alcántara, lo que agiliza significativamente la llegada y el establecimiento en el país.
Estas facilidades representan un avance sustancial que permite a las familias reunirse de manera más rápida, reduciendo tanto los tiempos de espera como los costos asociados a los trámites.
Alcántara subrayó la importancia de contar con asesoría profesional especializada para navegar correctamente por los nuevos requisitos y asegurar un proceso sin contratiempos. Este cambio es una señal positiva para las parejas mixtas, que ahora ven un horizonte más claro para construir su vida juntos en España.