Los Estados deben responder legalmente si incumplen sus compromisos climáticos.
En una decisión sin precedentes, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sentenció que los Estados pueden ser llevados ante tribunales internacionales si fallan en cumplir sus compromisos frente al cambio climático. Este fallo, solicitado por la Asamblea General de la ONU, marca un giro histórico en la lucha por la justicia ambiental.
Según el dictamen emitido el 23 de julio, los compromisos climáticos que los países asumen no son simples declaraciones políticas: son obligaciones legales. De acuerdo con la CIJ, cualquier Estado que ignore o incumpla estas responsabilidades puede incurrir en un acto internacionalmente ilícito, con consecuencias judiciales e incluso económicas.
La decisión deja claro que, aunque los países conservan soberanía para definir sus objetivos climáticos con base en sus capacidades, no pueden escudarse en esta autonomía para evadir el cumplimiento. Las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) —los compromisos de cada nación para reducir emisiones y adaptarse al cambio climático— son ahora legalmente vinculantes.
En respuesta a este fallo, el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC) y el Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA) lo depositaron en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), como prueba clave en el recurso de amparo interpuesto contra el presidente Luis Abinader y varios funcionarios del Gobierno dominicano.
Las entidades acusan al Ejecutivo de violar la Constitución, varias leyes nacionales y los compromisos internacionales sobre el cambio climático.
El TSA, a solicitud de los demandantes, aplazó la audiencia prevista para el 22 de julio, con el fin de incluir también los argumentos contenidos en la reciente Opinión Consultiva 32/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que reconoce el derecho humano a vivir en un clima seguro y estable.
Ambos fallos —de la CIJ y de la CIDH— han coincidido en julio, reforzando la idea de que los Estados tienen una obligación ineludible de proteger el medio ambiente.
Si bien la CIJ no reconoce un “clima sano” como derecho autónomo, sí insiste en el derecho a un ambiente limpio, sano y sostenible, esencial para garantizar otros derechos fundamentales como la vida y la salud.
El tribunal de La Haya también advirtió que no tomar medidas para regular los combustibles fósiles, continuar otorgando licencias o mantener subsidios para su uso, puede ser considerado un acto ilícito imputable al Estado. Esto incluye la falta de acción para prevenir daños significativos al medio ambiente y la omisión de proteger a las generaciones presentes y futuras.
En su recurso ante el TSA, las organizaciones denuncian que el Gobierno dominicano ha incumplido con los artículos 67.3 y 194 de la Constitución, la Ley de Hidrocarburos 112-00, la Ley de Energía y Minas 100-13 y la Estrategia Nacional de Desarrollo 1-12.
Entre las metas incumplidas figuran la reducción del 27% de las emisiones y lograr que el 25% de la energía del país provenga de fuentes renovables en 2025.
CNLCC e INSAPROMA advierten que, si el tribunal actúa conforme a derecho y a la luz de estos fallos internacionales, no le quedará más remedio que ordenar al Estado cumplir sus compromisos y ofrecer una disculpa pública por su inacción.