Ministerio Público denuncia errores en decisión judicial previa
Santo Domingo. – El Ministerio Público del Distrito Nacional interpuso un recurso de apelación contra la resolución que favoreció al empresario Raúl Antonio Rizik Yeb, aclarando que el proceso penal por violencia intrafamiliar que enfrenta no ha concluido y se mantiene bajo evaluación de la Cámara Penal de la Corte de Apelación.
El recurso, formalizado el pasado 18 de junio por el procurador fiscal Carlos Vidal Montilla, busca revocar el Auto de No Ha Lugar emitido el 19 de mayo por el Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
La decisión desestimó las acusaciones contra Rizik por presunta insuficiencia de pruebas, pero según la fiscalía, la jueza a cargo ignoró evidencia clave contenida en el expediente.
Alegan pruebas forenses y testimonios fueron ignorados por jueza
En su escrito de apelación, el Ministerio Público afirma que la jueza omitió elementos probatorios “de fondo y debidamente documentados”, como testimonios múltiples, peritajes forenses, actas notariales, evaluaciones psicológicas, y armas de fuego decomisadas en posesión del imputado.
Todo este conjunto de pruebas fue considerado por el órgano acusador como suficiente para que el caso fuese conocido en juicio.
Los fiscales sustentan su recurso en cinco argumentos jurídicos, incluyendo la falta de motivación legal del fallo, errores en la valoración probatoria, y la violación al derecho a la tutela judicial efectiva.
La fiscalía sostiene que el tribunal acogió los alegatos de la defensa sin valorar el contexto de violencia sistemática que, afirman, está debidamente documentado.
El empresario Raúl Rizik Yeb había difundido públicamente que había sido exonerado de los cargos, lo cual fue desmentido por el Ministerio Público, que aclaró que la decisión está pendiente de revisión y no tiene carácter definitivo.
El caso se refiere a una denuncia de violencia intrafamiliar presuntamente cometida por Rizik contra su expareja Alexandra Mejía Alcalá, quien figura como víctima y parte querellante en el proceso.
Las imputaciones se fundamentan en los artículos 309-1, 309-2 y 309-3 del Código Penal, así como en la Ley 24-97, que sanciona la violencia de género e intrafamiliar en la República Dominicana.
La Fiscalía solicita que el expediente sea reencauzado mediante la apertura de un juicio oral y público, donde las pruebas puedan ser conocidas en el marco de un debate legal transparente y contradictorio.
La decisión final ahora recae en la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que deberá decidir si valida el archivo o da paso al proceso judicial en contra de Raúl Rizik Yeb.