Entre nosotros, la libre expresión y difusión del pensamiento se la considera una libertad y un derecho de primera generación.
La libertad de palabra, la libertad de expresarse, la libertad de pensamiento, la libertad de opinión, es la primera característica que debe exhibir un régimen democrático. Nadie ha dicho que esta libertad carezca de excesos, existen quienes aduciendo que hacen uso de esa libertad calumnian, injurian e incluso dañan reputaciones. Sin embargo, todo eso es admisible dentro del sistema democrático sobre todo porque estos excesos tienen salida regular mediante la fe de errata, el derecho de respuesta, el contra informativo, la aclaración, la excusa, el arrepentimiento, etc.
La dificultad aparece cuando aquel que hace uso extremo de su libertad de opinión toca a funcionarios públicos, a poderes facticos o a personajes que se creen por encima de los ciudadanos de a pie. Cabe señalar que, cuando entre los griegos se hablaba de democracia, se hacía referencia a los bienes públicos, es decir constituía delito la afectación a un bien común. Así, las diatribas entre ciudadanos tenían una causa dentro de las costumbres y dentro del derecho. En cambio, cuando la afectación era a un bien público la reacción era diferente. Por ejemplo, a Diógenes nunca se le pudo levantar acusación porque nunca se refirió a un bien público; en cambio, Sócrates si fue acusado de transgredir bienes públicos. Por esta razón fue condenado y, ni siquiera él mismo, pudo escapar a tamaña acusación desde la perspectiva moral. Pero, desde el punto de vista de su opinión se consideró un preso, un condenado por ejercer la democracia de opinión.
Entre nosotros, la libre expresión y difusión del pensamiento se la considera una libertad y un derecho de primera generación. En razón de que sin esta no es posible la democracia. Por tanto, el debate de ideas, particularmente, el debate sobre ideas encontradas, se considera la suma iuris, el valor supremo de la democracia. No obstante, se entiende que los derechos como las libertadas pueden y deben ser regulados por el Estado, la pregunta sería ¿a qué fin? ¿En beneficio del bien particular o a beneficio de la comunidad? Se sabe, además, que la diferencia entre la democracia de los antiguos y la democracia de los modernos radica precisamente en la inversión de la una y la otra. Es decir, la democracia de los antiguos garantizaba el bien común, en cambio, la de los modernos prioriza el bien individual.
Llegado a este punto, se deben distinguir varios tipos de democracias, de derechos y de libertades porque si bien es cierto que bajo el Estado liberal, el individuo prevalecía sobre la colectividad, la realidad es que bajo el imperio del Estado social y democrático de derecho, estos deben ser tasados, es decir, no hay lugar a extremos, esto es: no hay un derecho, ni una libertad superior a otra, ambos supuestos han de ser ponderados y manejados con base a principios móviles porque la noción de verdad es relativa en espacio y tiempo. Quien hoy es funcionario mañana será ciudadano u oposición y viceversa, quien hoy es oposición mañana podría ser gobierno. Es la denominada alternancia democrática en el manejo del poder. Esta es la gran virtud de la democracia. Sin embargo, entre nosotros existe un doble rasero, una verdad, un derecho y una libertad a las que apelamos, como dicen en el Cibao, asigun. Esto es: carente de doble rasero porque la estancia en el poder nos hace sensibles e incluso atropellante, aunque una vez en la oposición clamamos por libertades, por derechos que hoy negamos al prójimo.
El debate se centra hoy en si los millones de viwe en una red cuya vida no nos alcanza ya para ver y escuchar constituye delito de prensa. Buscando bajadero a ello se ha sugerido derogar la Ley 6132 de 1962 (en República Dominicana) pero de 1881 en Francia. Aquí algunos la denominan obsoleta en Francia la consideran perfectible y adaptable a los cambios tecnológicos de hoy en día. No se si será memoria del subdesarrollo o qué. La realidad es que se pretende barrer la libertad de prensa mientras se regulan los medios digitales. Es como si de repente no hubiere prensa, ni libertad de expresión más que en las redes.
Lo que nadie pregunta es en beneficio de quien se realizan esos cambios. Si le preguntáramos a Luigi Ferrajoli este no dudaría en responder que se hace en nombre de los poderes salvajes y en perjuicio de la democracia. De modo que existe un dilema intelectual de fondo, esto es: al servicio de quien laboran los denominados “intelectuales orgánicos”. Se sabe que Joseph Stiglitz tiene una opinión muy clara al respecto. En el patio, se barajan posibilidades unidas al diarismo, al conservadurismo, al oportunismo. Olvidando que ser gracioso y caer en gracia son cosas diferentes. Sobre todo, a raíz de que el Estado social habla de responsabilidad social en el sentido de la democracia de los antiguos, es decir, no se puede afectar un bien común para favorecer un bien individual, en este caso el de los gobernantes en detrimento de la democracia de opinión.
En la actualidad, el poder popular son las redes, son medios y son fin a la vez. Constituye una unidad productiva y de ocio al mismo tiempo, pero, sobre todo, es una vía para el ejercicio de la democracia de opinión. La calidad de esa democracia de opinión se mide en viwe y se cuantifica en dinero, lo que no vende, se descarta automáticamente. Obvio, hay fakes news, robo de identidad, Deep fakes, etc., pero son temas nuevos que se deben regular socialmente e incluso que el ciudadano decide si los ve o los escucha, sin necesidad de que el estado indique cuando y donde.
El tema es que, desde el momento en que un derecho es incorporado al canon de derechos, no puede ser reemplazados y todas las veces en que unos burócratas son quienes determinan que es legal y que no lo es, la democracia de opinión se encuentra amenazada o desaparece porque queda a merced de esos burócratas con poder de verdad. No se debe olvidad que, Naciones Unidas, desde el siglo pasado dejó establecido que el acceso a internet, el acceso a las redes, es un derecho humano de última generación.
Recuérdese que, Michel Foucault, demostró que aun decir la verdad de uno mismo frente a quien tiene poder sobre nosotros constituye un acto de dominación, una post verdad. Que se ilustra en hacer que un loco que niega serlo, es obligado por su siquiatra a -en contra de su voluntad- proclamarse loco confeso. Desde entonces se deba sobre qué es la verdad y la respuesta es: lo que desea escuchar aquel que tiene poder sobre otros. Dicho de otro modo, el periodista, el comunicador, aun teniendo pruebas, aun conociendo sus fuentes, no debe ser un delator porque eso transgrede los principios del periodista y mata la democracia. La verdad es siempre relativa, sobre todo, cuando viene desde el poder y democrática cuando viene del ciudadano.
Por eso, antes que Foucault, ya Voltaire se había referido a los males de la intolerancia y de forma muy particular, se atribuye a John Locke ser el padre de la democracia de los modernos no solo por su segundo discurso sobre el gobierno civil sino por los principios de tolerancia y de desobediencia civil que fundó como prerrequisitos para la existencia de la democracia de su tiempo. Por regulación de los medios digitales deberíamos entender, espacios públicos de democracia directa son posibles gracias a la tecnología. Esto debates se auto regulan como lo hace el mercado. Por tanto, no es necesario regular la democracia directa cuando ni siquiera Sócrates pudo escapar a su juicio, precisamente, porque una regulación lo invitó a desdecirse de su opinión. Entonces se le acusó de corrupto y de corromper a la juventud. Hoy sabemos que fue un error de los reguladores. DLH-13/6/2025