Decisión judicial es cuestionada por dejar en riesgo a víctimas
El Ministerio Público anunció que apelará la medida de coerción impuesta por la jueza Viamerca Ruiz Sepúlveda al capitán de navío Edward Santana Núñez, miembro de la Armada Dominicana, acusado de violencia de género contra su expareja y a su hijo menor. El imputado tenía funciones en seguridad en la Procuraduría General de la República.
La decisión judicial, que establece una garantía económica e impedimento de salida del país, ha sido considerada insuficiente y peligrosa para la víctima y su hijo menor de edad.
Los hechos que motivaron la imputación ocurrieron el pasado 19 de mayo en San Juan de la Maguana, cuando Santana Núñez, portando un arma de fuego, interceptó el vehículo de su expareja con intenciones de agredirla.
El Ministerio Público sostiene que no se trata de un incidente aislado, sino del último episodio de una cadena de amenazas, persecución y violencia psicológica ejercida contra la mujer y el hijo de ambos, de tan solo 13 años.
El imputado tenía funciones en seguridad del Ministerio Público
El expediente, sustentado por las fiscales Sara Cuevas y María Bocio, recoge pruebas documentales, periciales y testimoniales que comprometen seriamente la responsabilidad penal de Edward Santana Núñez, quien hasta el 25 de abril estaba asignado a labores de seguridad interna del Ministerio Público. Fue arrestado el 22 de mayo bajo orden judicial No. 0603/2025, emitida semanas antes.
A pesar de la gravedad de los hechos, el tribunal decidió no imponer prisión preventiva. La fiscalía alega que la medida aplicada no garantiza la protección efectiva de las víctimas, quienes han sido reiteradamente acosadas y amenazadas por el oficial de la Armada, y que continúan en una situación de alto riesgo.
Como parte del protocolo de protección, se emitió una orden de alejamiento y se ofreció a la madre y al niño el acceso a una casa de acogida, recursos que el Ministerio Público considera necesarios ante la debilidad de la decisión judicial.
Ley 24-97 exige medidas más contundentes ante estos casos
Los cargos formulados contra Santana Núñez están contemplados en el artículo 309-2 del Código Penal, modificado por la Ley 24-97, que tipifica los delitos de violencia intrafamiliar y de género.
Dada la reiteración de las conductas violentas y el riesgo latente, la fiscalía considera que la medida dispuesta no refleja la gravedad de los hechos ni la amenaza real que representa el imputado.
“No se puede normalizar la violencia cuando proviene de un uniformado armado, con antecedentes de persecución y amenazas. Las víctimas merecen más que una fianza”, indicaron fuentes del Ministerio Público.
Con esta apelación, las autoridades buscan que se imponga una medida más severa, como la prisión preventiva, que disuada nuevas agresiones y garantice el cumplimiento de las normas establecidas para la protección de las mujeres y niños víctimas de violencia.