Nueva normativa amplía derechos y agiliza trámites para familiares directos
Madrid – El nuevo Reglamento de Extranjería español, vigente desde el 20 de mayo bajo el Real Decreto 1155/2024, marca un antes y un después en la política migratoria del país. Esta reforma integral deroga por completo la normativa anterior de 2011 y establece un sistema más amplio, ágil y adaptado a las realidades sociales actuales.
Entre los cambios más celebrados está la ampliación de la reagrupación familiar automática para hijos de españoles hasta los 26 años, eliminando el controvertido requisito de demostrar que el hijo está a cargo de sus padres, que hasta ahora limitaba el acceso a este derecho a menores de 21 años.

Asimismo, los cónyuges de ciudadanos españoles podrán beneficiarse de una reagrupación más directa, sin necesidad de haber registrado el matrimonio en el Registro Civil español, un trámite que muchas veces tomaba hasta dos años y obstaculizaba la unión familiar, especialmente en países que exigen visado para entrar a España.
“El cambio es crucial”, afirma el abogado Geremía Alcántara, entrevistado por Amo Dominicana en Directo, quien señala que las decisiones ahora estarán centralizadas en las Oficinas de Extranjería en territorio español, y no en los consulados, como se hacía anteriormente.
“Se trata de una redistribución del poder de decisión, que puede facilitar tiempos y evitar arbitrariedades consulares”, asegura.
Sin embargo, el reglamento no solo introduce facilidades. En el caso de padres de ciudadanos españoles, la edad mínima para reagrupación automática se eleva a 80 años, y quienes no alcancen esa edad deberán demostrar dependencia económica y cumplir con requisitos adicionales.
En cuanto a los procedimientos de arraigo, Alcántara precisa que la reforma reduce de tres a dos años el tiempo de permanencia exigido en España para solicitar regularización por arraigo en sus distintas modalidades.
El arraigo familiar queda exento de tiempo mínimo, y el tradicional “arraigo social” pasa a llamarse arraigo sociolaboral, suprimiendo el antiguo informe de arraigo y aceptando contratos a tiempo parcial siempre que el salario sea proporcional al mínimo legal.
El nuevo texto también introduce tres figuras adicionales de arraigo: Arraigo de segunda oportunidad, Arraigo socioformativo y Arraigo social
En total, se contemplan cinco modalidades dentro de un marco legal compuesto por 265 artículos.
Pese a los avances, Alcántara advierte que el éxito de la implementación dependerá de la uniformidad en la interpretación que hagan las distintas oficinas de extranjería.
“El balance es más positivo que negativo, pero si cada oficina aplica los criterios de forma distinta, podríamos enfrentar un caos de inseguridad jurídica”, concluye en su entrevista para Amo Dominicana en Directo.
Este nuevo reglamento representa un paso importante hacia una extranjería más humana, aunque aún quedan retos en su aplicación real.