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Portada Actualidad

TSE rechaza recurso de Rosa Amalia Pilarte de López en contra del PRM

por Carlos Tejada
agosto 17, 2023
en Actualidad, Política
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El Tribunal destaca que la resolución del PRM se encuentra debidamente fundamentada y ajustada a las normativas vigentes.

Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha tomado una decisión en relación con la controversia suscitada en torno a la Resolución número 049-2023 emitida el 3 de agosto de 2023 por la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM). 

En un fallo unánime, los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramirez y Fernando Fernandez Cruz han rechazado el recurso de impugnación presentado por la señora Rosa Amalia Pilarte de López en contra del partido.

Diputada Rosa Amalia Pilarte López

La Alta Corte ha ratificado en su totalidad la validez de la Resolución en cuestión, dictaminando que esta está en consonancia con la Ley número 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, así como con los estatutos y reglamentos internos del PRM. 

La decisión del Tribunal destaca que la resolución se encuentra debidamente fundamentada y ajustada a las normativas vigentes.

El fallo se ha alcanzado mediante el voto mayoritario de los jueces, con la excepción de la magistrada Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramirez, quien emitió un voto disidente.

Además, el TSE ha denegado la solicitud de imposición de medidas cautelares presentada por la parte impugnante, argumentando que dicha petición no guarda relación con la demanda principal y carece de base para su imposición.

El fallo se ha alcanzado mediante el voto mayoritario de los jueces, con la excepción de la magistrada Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramirez, quien emitió un voto disidente.

En otro asunto relacionado, el Tribunal también se pronunció sobre la "solicitud de auto de extrema urgencia para conocer la Demanda en referimiento preventivo en suspensión provisional de los efectos de la resolución No. 049-2023″. 

En este caso, se constató la ausencia de la parte demandante en la audiencia y, en consecuencia, se ratificó un defecto en su contra. 

Respecto al fondo de esta solicitud, el Tribunal ha decidido dejarlo en estado de fallo reservado, lo que sugiere que se tomará una decisión posterior sobre el asunto.

Con esta resolución, el Tribunal Superior Electoral concluye un proceso clave en relación con la controversia interna en el Partido Revolucionario Moderno, sosteniendo la legalidad y validez de la resolución impugnada, mientras se reserva la decisión sobre otros aspectos pendientes.

Etiquetas: Partido Revolucionario ModernoRecurso de impugnaciónTribunal Superior Electoral
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