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SCJ: Violación sexual es penetración de cualquier naturaleza

por Carlos Tejada
noviembre 8, 2021
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SCJ: Violación sexual es penetración de cualquier naturaleza
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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) establece el alcance del artículo 331 del Código Penal en la determinación del delito de violación sexual

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció el criterio de que cuando el artículo 331 del Código Penal describe elementos constitutivos de la violación sexual, señala que se trata de la penetración sexual de cualquier naturaleza que sea.

En ese sentido, la indicada Sala mediante Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN-01139 de fecha 30 de septiembre de 2021, resuelve el recurso de casación interpuesto por un ciudadano condenado a cumplir la pena de 10 años de prisión por violación sexual en perjuicio de un menor de edad, y que en alta corte fue confirmada dicha pena.

De acuerdo con la sentencia, el referido artículo 331 del Código Penal lo que sanciona es el acto de la penetración sexual, y que el término “de cualquier naturaleza que sea” incluye la vía anal u oral.

Además, resalta que: “la presunción de inocencia que le amparaba al imputado quedaba totalmente fulminada en el juicio, todo lo cual fue refrendado por los jueces de la corte a qua, al determinar que fueron ponderados minuciosamente cada uno de los elementos de pruebas vertidos en el juicio, según las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas experiencia, dándose cabal cumplimiento con ello a las provisiones normativas procesales penales”.

La decisión fue adoptada por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, quien preside la sala; y los magistrados Fran Euclides Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Moisés A. Ferrer Landrón.

Para mayor información acceda al siguiente enlace: https://consultaglobal.blob.core.windows.net/documentos/96ba3d03-3d3a-458c-a78c-b6fac3cc16f0_FCG.docx

“Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y contiene información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida. En caso de haber recibido este mensaje por error, le solicitamos que, de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención o a través de los teléfonos que aparecen en la firma y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo, por lo que queda formalmente notificado que cualquier divulgación, distribución, reproducción o copiado de esta comunicación está estrictamente prohibido. Gracias".

Etiquetas: Suprema Corte de Corte de JusticiaViolación sexual
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