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Portada Actualidad

PGR planea libertad provisional de reclusos con más de 60 años de edad

Solicita la habilitación de jueces de Ejecución de la Pena para conocer solicitudes de cambios provisionales de modalidad en el cumplimiento de penas de prisión en establecimientos penitenciarios por la de prisión domiciliaria.

por Carlos Tejada
marzo 29, 2020
en Actualidad, Destacadas, Noticias
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Procurador asegura sistema de administración de justicia avanza

Ex procurador Jean Aláin Rodríguez

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Las autoridades penitenciarias dominicanas se proponen liberar a reclusos mayores de 60 años en medio de la crisis generada por la propagación del coronacirus Covid-19.

Para esos fines el  procurador general de la República, Jean Rodríguez, solicitó al Consejo del Poder Judicial (CPJ), la habilitación de jueces de Ejecución de la Pena para que conozaca las solicitudes de cambios provisionales de modalidad en el cumplimiento de penas de prisión en establecimientos penitenciarios por la de prisión domiciliaria.

De acuerdoa  lo informado, esa libertad provisional sería por períodos de hasta 60 días, para reclusos de 60 años o que presenten previa y probada condición de salud de alto riesgo ante la pandemia del coronavirus (COVID-19).

La hizo la solicitud de manera formal fue hecha por la PGR mediante una carta dirigida al presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, Luis Henry Molina, y demás miembros de ese alto órgano judicial.

El país fue declarado del estado de emergencia nacional por parte del Congreso Nacional y del Decreto 134-20 del Poder Ejecutivo, emitido el pasado 19 de marzo con la finalidad de frenar la propagación del coronavirus, que este domingo ya se había cobrado la vida de 38 personas.

El cambio de la modalidad en la prisión a que serian sometido los beneficiados, incluye el impedimento de salida del país y que al concluir el plazo temporal de hasta sesenta días, se disponga el regreso obligatorio de esos privados de libertad a los recintos penitenciarios donde cumplían sus condenas y en caso de no regresar en la fecha prevista, se impongan nuevas sanciones penales adicionales, que serían conocidas oportunamente.

Quedarán excluidos del cambio de modalidad de cumplimiento, los casos graves de violencia de género, intrafamiliar o sexual, narcotráfico o que pudieran conllevar un trastorno social en su ejecución. Los jueces deberán evaluar el tipo de delito, tiempo de la medida o condena, posición de la víctima y contexto del interno, entre otros.

 

Etiquetas: coronavirus Covid-19Estado de emergencia
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