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PC velará por la transparencia en las contrataciones públicas en período de emergencia

Participación Ciudadana espera que, cumplido el plazo y cuando cese la declaratoria de emergencia, prevalezca el principio de transparencia y publicidad.

por Yamilé Tejada Tapia
marzo 20, 2020
en Actualidad, Noticias
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PC velará por la transparencia en las contrataciones públicas en período de emergencia

Carlos Pimentel, director de Compras y Contrataciones.

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Santo Domingo, República Dominicana. El movimiento cívico no partidista y capítulo dominicano de Transparencia Internacional, Participación Ciudadana, avisó que estará atento y monitoreará la contratación de bienes y servicios necesarios para contrarrestar los efectos del Coronavirus en la República Dominicana durante el período de emergencia.

En un comunicado de prensa, el director ejecutivo de Participación Ciudadana, Carlos Pimentel, recordó que la Ley Orgánica No. 21-18 sobre regulación de los Estados de Excepción, en su artículo 10, establece: “…durante el estado de emergencia podrán adoptarse todas las medidas necesarias para combatir enfermedades infecciosas, la protección del medioambiente…”, y, a seguidas, observó que esto pudiera implicar la contratación de bienes o servicios para cumplir dichos fines.

Expresó que la Ley No. 340-06 de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, con modificaciones de Ley 449-06, excluye de la aplicación de la misma los procesos de compras y contrataciones por razones de seguridad o emergencia nacional que pudieran afectar el interés público, vidas o la economía del país, previa declaratoria y sustentación, pero indica que no se deben vulnerar sus principios fundamentales para garantizar la transparencia, integridad y evitar la corrupción.

Enfatizó que las compras o contrataciones que realice el Estado dominicano sobre la base de esta excepción, no deben violentar o exceptuar principios básicos y estándares para garantizar una contratación pública transparente, como lo es el de la eficiencia, para garantizar la selección o adquisición de aquellos bienes que más satisfagan y compense la población dominicana.

“Los responsables de dichas contrataciones deben garantizar las condiciones más favorables al interés general, como la más conveniente oferta técnica y económica. Las entidades públicas deben consultar el Registro de Proveedores del Estado, identificando aquellos ya calificados”, añadió.

Participación Ciudadana espera que, cumplido el plazo y cuando cese la declaratoria de emergencia, prevalezca el principio de transparencia y publicidad, y que todo interesado tenga libre acceso al expediente de contratación administrativa y a la información complementaria de dichas contrataciones.

El director ejecutivo de la institución aprovechó para reiterar lo establecido en el Decreto No. 490-07, que instituye el Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, en lo relacionado a los procedimientos para los casos de excepción. “Lo primero es señalar que será necesario contar con la certificación sobre la disponibilidad de recursos financieros para la celebración del correspondiente contrato o el otorgamiento de una orden de compra, en el caso de adquisición de bienes”.

“Desde Participación Ciudadana estaremos pendientes, quince días calendario después de finalizado el estado de emergencia, a los informes detallados que la entidad contratante deberá rendir a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, como a la obligatoriedad de su publicación y difusión en la página Web de la Dirección General de Contrataciones Públicas”, manifestó Pimentel.

El director ejecutivo de Participación Ciudadana señaló que la declaratoria de cuarentena como parte de una estrategia nacional para contrarrestar la expansión y los efectos del COVID 19, tanto en vidas humanas, como en las actividades económicas, turísticas, educativas, sociales y políticas, incluyendo la campaña electoral, es correcta y está acorde con los protocolos sanitarios internacionales.

El Congreso Nacional aprobó el proyecto de Resolución sometido por el presidente Danilo Medina para declarar el Estado de Emergencia en el país. Esto le permitiría la posibilidad de adoptar medidas extraordinarias en circunstancias que no puedan realizarse por los mecanismos regulares de gobierno. Estas disposiciones incluyen la restricción del ejercicio de determinados derechos constitucionales y la excepción para la aplicación de los procedimientos de contrataciones públicas.

El Decreto134-20 declara el estado de emergencia en todo el territorio nacional en virtud de la autorización otorgada por el Congreso Nacional mediante la Resolución núm. 62-20 del 19 de marzo de 2020.

Etiquetas: coronavirusEstado de emergenciaPandemia2020
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