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Portada Destacadas

Explica el destino de la mipymes ante la ley de lavado

por Yamilé Tejada Tapia
marzo 25, 2018
en Destacadas, Economía & Finanzas, Empresariales
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Explica el destino de la mipymes ante la ley de lavado

Ignacio Méndez, Viceministro de Fomento a las Mipymes.

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Santo Domingo.- La mayoría de las micro, pequeñas y medianas empresas locales no serán afectadas por la implementación de la Ley 155-17 sobre Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, declaró el funcionario del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), Ignacio Méndez.

“La gran mayoría de las empresas no tendrán problemas, solo que ahora hay que estar más pendiente de dónde viene el dinero que estamos recibiendo”, manifestó el viceministro de Fomento a las Mipymes, quien afirmó que hay muchos temores infundados y que por eso se hace necesario aclarar ciertos temas.

El viceministro de la Presidencia, Juan Ariel Jiménez, también afirmó que el impacto de la Ley sobre las Mipymes es mucho menor de lo que las personas imaginan, y dijo que solo las empresas clasificadas como Sujetos Obligados, verán cambios en su accionar.

Jiménez explicó que los Sujetos Obligados son las entidades privadas y públicas susceptibles de ser usadas por terceros para lavar activos, mediante la introducción de dinero generado ilegalmente en la economía, recoge una nota de prensa de la Dirección de Comunicaciones del MICM.

“Por tales razones, la Ley les exige que implementen planes y políticas de prevención, para estar listos y reportar casos cuando se detecte un potencial cliente que quiera lavar dinero a través de ellos”, enfatizó.

Las empresas clasificadas como Sujetos Obligados son aquellas que se dedican a la venta de vehículos y armas de fuego, bancas de apuesta y de loterías, casinos, empresas constructoras, casas de empeño, joyerías, remesadoras, agentes de cambio y puestos de bolsa.

Por igual, bancos y demás instituciones de intermediación financiera, empresas de seguros, agentes inmobiliarios y firmas de abogados y notarios cuyas operaciones sean creación y administración de empresas; compra, venta o remodelación de inmuebles, administración de dinero y cuentas bancarias, y constitución y modificación patrimonial de empresas.

“Si bien todos estamos obligados a cumplir la ley, aquellas catalogadas como Sujeto Obligado deben desarrollar un programa de cumplimiento que lleve a la prevención de potenciales clientes que los usen para lavar dinero”, agregó el viceministro de la Presidencia.

Estas informaciones fueron compartidas durante un conversatorio que el MICM organizó en uno de los salones del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD), y al que fueron invitados representantes de gremios, asociaciones y empresarios mipymes.

Al final, Jiménez enumeró las acciones a seguir si una mipyme es un Sujeto Obligado, tales como inscribirse por internet en la Unidad de Análisis Financiero (UAF), detallar su programa de cumplimiento mediante los formatos estándares, designar en su empresa un oficial de cumplimiento y darle entrenamiento.

“Si no es Sujeto Obligado, solo debe tenerle paciencia a los bancos”, concluyó Jiménez.

Etiquetas: MIVM
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