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Portada Actualidad

Para la Academia de Ciencias es inconstitucional traspaso de terrenos Cueva de las Maravillas

por Carlos Tejada
marzo 15, 2018
en Actualidad, Medio Ambiente
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Para la Academia de Ciencias es inconstitucional traspaso de terrenos Cueva de las Maravillas

Cueva de las Maravillas,

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SANTO DOMINGO- La Academia de Ciencias de la República Dominicana (ACRD), solicitó este jueves a la Cámara de Diputados que rechace la donación, traspaso, transferencia o intermediación de los terrenos a la Fundación Patronato de Cueva de las Maravillas.

Durante una rueda de prensa llevada a cabo en la institución, expresó que esto constituye una violación flagrante a la Carta Magna de la Nación y a la ley adjetiva No. 202- 04 que crea el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de nuestro país.

Izquierda a derecha : Luis Carvajal, José Mateo, miembro de la Comisión de Medio Ambiente de la Academia de Ciencias de la República Dominicana- ACRD-, Luis Scheker Ortiz, presidente de la ACRD, Eleuterio Martínez, vicepresidente, Felicita Heredia y Celedonio Jiménez, miembros respetivamente de la institución.

Hizo un llamado a los legisladores y políticos a desempeñar con idoneidad su responsabilidad para que se garantice, tanto la propiedad de los terrenos del área protegida, como la integridad del patrimonio natural y cultural que se encuentra dentro del Monumento Natural Río Cumayasa y Cueva de Las Maravillas.

“Dado los precedentes de depredación en el pasado reciente en perjuicio de la Cueva de las Maravillas y otros lugares reservatorios de riquezas arqueológicas del país, estimamos llegada la hora de que esa práctica nociva sea descontinuada fijando responsabilidades mediante una profunda investigación para evitar que siga produciendo estos intentos violatorios de nuestra Carta Magna y de nuestras leyes nacionales”, expresa la institución científica mediante un documento.

Expresaron que si existe algún tipo de trasferencia con los terrenos, debería ser el al Ministerio de Medio Ambiente, quien es del Estado y tiene competencia.

Aclararon que no se oponen a que el Patronato siga administrando La Cueva de la Maravillas, sino que no oponen radicalmente a su traspaso.

DOCUMENTO

Posición de la Academia de Ciencias en relación a la “donación” de terrenos del Estado a la entidad privada Fundación Patronato Cueva de Las Maravillas

Identificada con las graves denuncias aparecidas en los medios de comunicación, de parte de varias instituciones de ganado prestigio nacional e internacional tales son el Museo del Hombre Dominicano, el Museo de Ciencias Naturales, La Asociación Internacional de Arqueología del Caribe, el Consejo Internacional de Defensa de Monumentos y Sitios Arqueológicos y la UNESCO relacionada con el proyecto de cesión o donación de terrenos del Estado a la entidad privada “Fundación Patronato Cueva de Las Maravillas INC., la Academia de Ciencias de la Republica Dominicana (ACRD) unida al sentir y a la preocupación externada por las instituciones mencionadas, considera oportuno fijar su posición mediante la siguiente declaración pública:

La Cueva de Las Maravillas y los terrenos que la circundan constituyen una unidad de conservación perteneciente al Sistema Nacional de Áreas Protegidas de la República Dominicana, denominada “Monumento Natural Río Cumayasa y Cueva de Las Maravillas”, que tiene una superficie de 88.5 km2. Estos terrenos son propiedad del Estado Dominicano, tal como se establece en el Principio Nº 5 del Artículo Tercero de la Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04, que expresa lo siguiente:

Las áreas públicas que se encuentren bajo régimen legal de protección en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, constituyen un componente inalienable, imprescriptible e inembargable del patrimonio estatal y no son transferibles en propiedad a ningún individuo, Estado, nación o ciudadano de otro país bajo ninguna circunstancia.

Sin embargo, mediante una maniobra ilegal, ha sido presentado al Congreso Nacional, para su aprobación, un proyecto de ley que pretende traspasar a una entidad privada, “Fundación Cueva de Las Maravillas”, nada menos que diez millones cuatrocientos un mil quinientos dieciocho metros cuadrados (10.401.518 m2) de terreno, propiedad del Estado Dominicano y que, como es sabido, forman parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

La Constitución de la Republica Dominicana expresa claramente en su Artículo 16, lo siguiente:

“La vida silvestre, las unidades de conservación que conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y los ecosistemas y especies que contiene, constituyen bienes patrimoniales de la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Los límites de las áreas protegidas sólo pueden ser reducidos por ley con la aprobación de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las cámaras del Congreso Nacional.”

Es oportuno recalcar que las áreas protegidas de la República Dominicana son un bien público que debemos proteger, pues son propiedad de todos los dominicanos. Es inadmisible que tomando como fundamento las áreas protegidas sean beneficiados políticos, empresarios o entidades privadas.

La Academia de Ciencias hace un llamado a nuestros legisladores y políticos a desempeñar con idoneidad su responsabilidad para que se garantice, tanto la propiedad de los terrenos del área protegida, como la integridad del patrimonio natural y cultural que se encuentra dentro del Monumento Natural Río Cumayasa y Cueva de Las Maravillas.

Dado los precedentes de depredación en el pasado reciente en perjuicio de la Cueva de las Maravillas y otros lugares reservatorios de riquezas arqueológicas del país, estimamos llegada la hora de que esa práctica nociva sea descontinuada fijando responsabilidades mediante una profunda investigación para evitar que siga produciendo estos intentos violatorios de nuestra Carta Magna y de nuestras leyes nacionales.

Por tales razones, la Academia de Ciencias de la República Dominicana – ACRD se une a este justificado clamor y solicita a la Cámara de Diputados que rechace la donación, traspaso, transferencia o intermediación de estos terrenos por ser una violación flagrante a la Carta Magna de la Nación y a la ley adjetiva No. 202- 04 que crea el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de nuestro país.

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