<b>La decisión de la Fiscal del Distrito Nacional, Yenni Berenice Reynoso, de archivar el expediente contra el ex presidente Leonel Fernández, será recurrida por el ex fiscal Guillermo Moreno, quien lo acusa de lavado de activo a través de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode).</b>
Moreno, presidente del Partido Alianza País, calificó de insólita e irresponsable la decisión de la Fiscalía del Distrito Nacional de archivar definitivamente la querella que interpuso contra el expresidente Leonel Fernández.
El abogado fue entrevistado en el programa de Huchi Lora y el equipo, consideró que la decisión pone de manifiesto que la Fiscalía del Distrito cede a la presión política del exmandatario.
La Fiscalía argumentó que luego de la interposición de la querella la Fiscalía notificó a los querellados y convocó a todas las partes y sus abogados a una vista para discutir los meritos de la querella. La vista fue celebrada en fecha 5 de abril, a la que compareció el querellante, sus abogados y los abogados de los querellados.
Sostiene que cuando se comete un acto de corrupción todos los ciudadanos se afectan, el patrimonio del Estado es un patrimonio de cada dominicano de ahí que resulta lógico y razonable que cualquier ciudadano pueda reclamar en justicia por medio de una actuación directa como lo es una querella.
"En caso que un ciudadano se considere perjudicado por una acción temeraria está en su derecho de demandar en daño y perjuicio, pero sería irracional coartar el derecho a demandar trasparencia bajo el argumento de que reconocer esa facultad incentiva la politización de la justicia", dijo
Prescripción de algunos de los hechos
La Fiscalía entendió que en ningunos de los casos podía hablarse de prescripción, además agregó: “La Constitución Dominicana le deja abierta la posibilidad de establecer un sistema de prescripción extraordinario para el delito de prescripción, además de que se pueda aplicar lo que el profesor Silva Sánchez llama un derecho penal de tercera velocidad, es decir, un sistema de garantía distinto al que se les tiene que garantizar a los ciudadanos que cometen delitos comunes. La Carta Magna de forma expresa establece:
“La Ley podrá disponer plazos de prescripción de mayor duración que los ordinarios para los casos de crimines de corrupción y un régimen de beneficios procesales restrictivos’’.