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Portada Actualidad Noticias

Protocolo regirá actuación de fiscales en casos de violencia contra la mujer

por Carlos Tejada
noviembre 15, 2012
en Noticias
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<b>La Procuraduría General de la República dio a conocer el protocolo que
normará la actuación de los fiscales en los casos de violencia contra la mujer.&nbsp;El documento contiene 19 pautas que deben seguir los funcionarios
judiciales cuando se presenten casos de violencia intrafamiliar.</b>

Por considerar de interés el conocimiento integro del protocolo. Diario
DigitalRD.Com lo publica completo.

1.Empoderar a los fiscalizadores en los casos de violencia intrafamiliar para dar la
asistencia de protección y ejecución tomando las medidas de urgencia
correspondientes, remitiendo estos posteriormente a la jurisdicción pertinente.

2.NO CONCILIAR en los casos comprobados de violencia contra las mujeres debido al
claro desequilibrio entre las partes. Sólo se acepta la conciliación cuando
después de ser evaluado el caso, en
profundidad, se concluya a través de las diferentes entrevistas y/o pruebas
periciales que la situación es un conflicto
de pareja.

3.Atender a la mayor brevedad a la
víctima cuando acude al Ministerio Público, &nbsp;no
referirla a otro lugar. Se le proveerá la información necesaria, tomándole
la denuncia, entregándole copia de la misma. Se le comunicará los pasos a
seguir en su proceso y el mayor número de datos sobre éste. Se le informará de
las medidas de protección, de los recursos de que dispone en caso de
situaciones peligrosas con el agresor y de organismos donde dirigirse para
asesoría legal, médica y/o psicológica. Se le proveerá también de información
escrita sobre violencia (tipos, ciclo, micromachismos, etc).

4.Se realizarán todos los procesos necesarios en el momento de recibir a
la víctima para evitar su re-victimización.

5.La víctima, usualmente,&nbsp; realiza
el desistimiento bajo las secuelas de la violencia sufrida, denominado, Síndrome de la Mujer Maltratada. Por lo
que en caso de intento por parte de ella de realizar&nbsp; el desistimiento, debe ponerse en su
conocimiento de forma clara los pros y contras de la situación, además de
comunicarle que por considerarse un delito es de orden público, el Ministerio Público continuará el
procedimiento, aún sin su conformidad.

Este proceso se llevará a cabo en las situaciones indicadas en el Modelo
de Gestión de las Unidades de atención a la violencia de género, intrafamiliar
y los delitos sexuales, siempre con la supervisión correcta por parte de una
psicóloga y/o psiquiatra, además en un entorno protegido, para evitar la
re-victimización. Bajo ninguna
circunstancia se realizará confrontación con el agresor.

6.Sólo en casos de extrema
necesidad se procederá a repetir, evaluaciones, tests o peritajes a las
víctimas, considerando siempre&nbsp; su estado
emocional y el impacto negativo que tendrían en ella la repetición de estos
procesos.

7.Bajo ninguna circunstancia la víctima o cualquier otra parte
envuelta en el proceso se encargará de diligencias correspondientes al Ministerio
Público, de naturaleza jurídica o administrativa, propias del procesamiento del
caso de acción pública, tales com comunicar ٌórdenes de arresto, medidas de
coerción, citaciones , sanciones, etc.

8.Si hay menores involucrados, se trabajará directa y estrechamente con los representantes del Ministerio Público,
correspondientes a la jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes.

9.Se instruye al Ministerio Público a concluir la investigación y
presentación del Acto Conclusivo a más tardar en un plazo de 35 días, salvo que
el caso sea declarado &nbsp;complejo siendo
debidamente autorizado por el titular. La
inobservancia ,sin causa justificada, de esta disposición se considerará una falta
disciplinaria, de conformidad con la normas correspondientes.

10.Todos los datos recogidos en las unidades de atención integral a la
violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales serán remitidos,
periódicamente, a&nbsp; la Procuraduría
Adjunta para Asuntos de la Mujer, la Unidad del Modelo de Gestión de las
fiscalías y la Unidad de Estadísticas de la PGR, para su posterior análisis y
discusión, con el objetivo de establecer políticas públicas sobre la materia.
En caso de usar otras vías o receptores de estas informaciones, se consultará previamente
a la Procuraduría Adjunta para Asuntos de la Mujer, para su autorización

11.En caso de que&nbsp; el juez o tribunal
no le otorgue lo solicitado en sus conclusiones al Ministerio Público y en la
decisión , se evidencia de forma clara que es incorrecta jurídicamente, &nbsp;se procederá de forma inmediata a presentar el
recurso que corresponda y la
inobservancia de no hacerlo se considerará una falta grave.

12.Se instruye al Ministerio Público a través de los
Procuradores Fiscales titulares a tomar las medidas de lugar habilitando un
turno de atención permanente en planta hasta las 12 de la noche, los 7 días de
la semana, fines de semana y días feriados&nbsp;
Además tomará las medidas para garantizar que de 12 de la noche a 8 de
la mañana habrá un Ministerio Publico, vía telefónica, para asistir a los casos
que requieran su presencia inmediata. Esto considerando la disponibilidad de
personal, garantizando siempre que haya un Ministerio Público de llamada.

13.La Procuraduría Adjunta para Asuntos de la Mujer realizará actividades
dirigidas a la adopción de políticas públicas en la materia mediante debates
periódicos con personal de las UAIV y personalidades nacionales e internacionales
relacionados con el &nbsp;área . Igualmente,
se realizarán mesas de ayuda, foros digitales y publicaciones físicas o
virtuales con información relevante y políticas exitosas en las UAIV.

Se realizarán reuniones cada dos meses con los coordinadores/as de las
unidades, para trazar estrategias e intercambio de conocimientos.

14.La Orden de Protección es notificada por el Fiscal a cargo del caso y se
le entrega al imputado por los medios aceptados en el ordenamiento jurídico
legal vigente. Al imputado se le explica la naturaleza y el alcance del
documento, debe firmarlo y en caso de que se niegue, hacer constancia de su
negativa.

Las Ordenes de Protección urgentes, deben
ser homologadas, dentro de las 24 &nbsp;horas
siguientes a su emisión provisional. La violación de una Orden de Protección
supone el arresto inmediato del
imputado para asegurar la debida protección de la víctima

15.Las evidencias físicas y demás piezas de convicción vinculadas a los casos de VGIDS a cargo de las UAIV, una vez
recolectados, registrados e identificados en dichas UAIV, deben ser remitidas a
los almacenes correspondientes dentro de las Fiscalías a las que&nbsp; se encuentren adscritas.

16.Se considerarán como casos de
flagrancia, cuando una víctima se presenta ante el Ministerio Público o
tiene conocimiento de que el agresor la persigue, amenaza o asedia; existiendo
información preliminar o no de tenencia de algún tipo de arma o niveles de
violencia con características feminicidas por lo que se procederá a su arresto
o conducencia inmediata

17.Se procederá al desarme inmediato del agresor,
incautando el arma solicitando al Ministerio de Interior y Policía la cancelación de la licencia
correspondiente conforme a lo dispuesto por la sentencia TC0010/12 del Tribunal Constitucional de la R.D la que establece… “Se
justifica que el Ministerio de Interior y Policía o el Ministerio Público
incauten cualquier arma de fuego que posea un imputado hasta que sea dictada
una sentencia con la autoridad irrevocable de la cosa juzgada”

18.En los casos donde los
destacamentos policiales no reúnan las condiciones&nbsp; físicas y funcionales para atender una
víctima de violencia de género, intrafamiliar o delitos sexuales, de inmediato
se procederá a proteger a la víctima informándolo al Ministerio Público así
como a sus superiores para proceder conforme a los protocolos especializados y
normas vigentes.

19.Conforme a la normativa procesal
vigente, se solicitará en los casos que así lo ameriten conjuntamente con las
medidas de coerción, el anticipo de
prueba de las víctimas adultas o NNA así como testigos que califiquen al
efecto para evitar la re victimización.

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