La decisión fue adoptada en Audiencia Pública convocada para conocer el recurso interpuesto por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), para que se revisaran decisiones dictadas por el tribunal Superior Electoral.
El TSE declaró inadmisible por extemporánea la solicitud del partido presidido por el ingeniero Carlos Morales Troncoso. El texto completo de la decisión del tribunal es el que sigue:
FALLA
Primero: Declara inadmisible por extemporáneo el recurso de revisión contra las
decisiones dictadas in voce por este Tribunal Superior Electoral, en la
audiencia pública celebrada en fecha 8 de noviembre del año en curso,
interpuesto por el Partido Reformista
Social Cristiano (PRSC), que decidieron a) la exclusión de los documentos
depositados tanto por la parte demandante como por la parte demandada no
conforme a la decisión dictada mediante sentencia in voce de fecha 31 de
octubre del año 2012; b) Que rechazó la solicitud de sobreseimiento del
presente caso presentada por la parte demandada y el interviniente voluntario;
c) Y la que acumuló el incidente sobre la solicitud de nulidad sobre la
instancia introductiva de la demanda principal para ser fallado conjuntamente
con el fondo del presente proceso.
Segundo: Se ordena de oficio, una prorroga de comunicación recíproca de documentos, los
cuales serán depositados por duplicados, por ante la Secretaría General de este
Tribunal, de todos los documentos excluidos y de cualquier otro documento que
ambas partes pretendan hacer valor por ante este Tribunal. Otorgándoles un
plazo de dos (2) días común entre las partes, el cual vence el miércoles
catorce (14) de noviembre del año en curso, a las cuatro (4:00 p.m.) horas de
la tarde, vencido este plazo se les otorga un plazo de dos (2) días recíprocos
a ambas partes, para que tomen conocimiento de los mismos, el cual vence el
viernes dieciséis (16) de noviembre a las cuatro (4:00 p.m.) horas de la tarde.
Tercero: Se aplaza el conocimiento del presente caso y se fija la próxima audiencia,
para el día martes que contaremos a veinte (20) del presente mes y año, a las
nueve (9:00 a.m.) horas de la mañana. Vale citación para las presentes y
representadas.