<b>El proyecto fue sometido a la cámara baja por el diputado de la Provincia Santo Domingo (en representación del Partido de la Liberación Dominicana), el cantautor Manuel Jiménez, y tiene como propósito la creación de un régimen de incentivo y fomento cultural en la República Dominicana.
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SANTO DOMINGO.- En la
Cámara de Diputados reposa, desde hace dos semanas, un interesante proyecto de
ley sobre “Mecenazgo Cultural” que, de ser aprobado por el Congreso Nacional,
incentivaría el desarrollo de las industrias culturales en República
Dominicana.
El proyecto fue sometido a la
cámara baja por el diputado de la Provincia Santo Domingo (en representación
del Partido de la Liberación Dominicana), el cantautor Manuel Jiménez, y tiene
como propósito la creación de un régimen
de incentivo y fomento cultural en la República Dominicana.
En ocasión del sometimiento del
proyecto, se presentaron en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados el
nuevo ministro de Cultura, José Antonio Rodríguez, y una delegación de la
recién creada Fundación Dominicana por la Música (Fundomúsica), integrada por
José Tejada Gómez, José Antonio Aybar, Yenny Polanco Lovera, Carmen Luz Beatro
y Pedro Núñez del Risco.
Se entiende por “Mecenazgo” el
patrocinio financiero dirigido a los artistas o científicos, con la finalidad
de permitirles desarrollar sus obras; por lo que, un mecenas es una persona que
brinda su apoyo espiritual y material a los literatos y artistas en cualquiera
de sus obras.
A modo de introducción, el citado
proyecto refiere que la República Dominicana es una de las naciones que en la
región del Caribe posee mayor diversidad cultural; siendo sus activos,
culturales y artísticos, esenciales para potenciar el desarrollo y el auto
reconocimiento identitario del pueblo dominicano.
El proyecto Mecenazgo Cultural
está dirigido a beneficiar a los artistas o entidades culturales, públicas o
privadas sin fines de lucro, que diseñen y presenten al Consejo Nacional de
Mecenazgo proyectos o propuestas culturales e institucionales de tipo
comunitario, municipal, provincial o nacional, siguiendo las normativas de la
presente Ley.
Entre otros objetivos del
proyecto, se destacan estimular y proteger la formación de profesionales en los
ámbitos de la creación artística, gestión, gerencia y administración de
proyectos, orientados al fomento, desarrollo, innovación y modernización del
sector cultural.
El artículo cuatro del proyecto
establece que el Ministerio de Cultura, a través del Consejo de Mecenazgo
Cultural, será la máxima instancia llamada a categorizar y calificar la “Declaración de Interés Cultural” de los
proyectos y propuestas presentadas, mediante la elaboración e implementación de
un instrumento jurídico, integrado al reglamento que normará la aplicación de
la presente Ley.
Además del Consejo Nacional de
Mecenazgo, el Poder Ejecutivo podrá otorgar, a los proyectos declarados de
Interés Cultural, exenciones fiscales que en cada caso establezca la Ley.
En el artículo tres, también se estipula que todo
proyecto artístico o cultural financiado bajo el amparo de la presente Ley
tendrá que ser declarado de interés Cultural, con la finalidad de que sean
presentados en el orden de priorización de los mismos; tomando en cuenta
siempre que estos respondan a las reales necesidades del desarrollo cultural
dominicano, tanto nacional, regional o local.
En lo referente a los
incentivos fiscales, el artículo siete promulga que todas las personas físicas
o jurídicas que sean benefactores o donantes o patrocinadores de proyectos y
propuestas declarados de Interés Cultural por el Estado dominicano, se le
aplicará un deducible de hasta un diez por ciento del impuesto sobre los
ingresos brutos, al final de cada año fiscal.
17 Septiembre 2012