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Nuria Piera y Huchi en comisión de indultos

por Carlos Tejada
diciembre 7, 2006
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SANTO DOMINGO.-La misma la integran los periodistas Huchi Lora y Nuria Piera, Fray Arístides Jiménez Richardson, el director de Prisiones Juan Ramón de la Cruz Martínez, el reverendo Manuel Estrella y la encargada del Departamento de Ingeniería y Arquitectura de la Procuraduría, Maricela Vargas. El procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, creó mediante la resolución No. 00095 de fecha 6 de diciembre de 2006, la comisión que tiene la responsabilidad de recomendar los reclusos a ser favorecidos por indultos.

La comisión está integrada por los periodistas Luis Eduardo (Huchi) Lora y Nuria Piera; el reverendo evangélico Manuel Estrella, el coordinador nacional de la Pastoral Penitenciaria de la Iglesia Católica, Fray Arístides Jiménez Richardson y el director de Prisiones, general Juan Ramón de la Cruz Martínez y la encargada del Departamento de Ingeniería y Arquitectura de la Procuraduría, Maricela Vargas.

La recomendación hecha por la comisión será tramitada por el magistrado Jiménez Peña, si lo considera de lugar, al presidente Leonel Fernández.

Esta recomendación debe ser tomada de forma unánime por la comisión, la cual establecerá el procedimiento a seguir, conforme lo establecido en la Ley 224 del 26 de junio de 1984.

El procurador general de la República motivó la creación de esta comisión a fin de evitar desconfianza en la selección de las personas a ser favorecidas por la gracia presidencial y garantizar los niveles de transparencia que demanda la sociedad.

Para la creación de la comisión se tomó en cuenta el Reglamento para Conceder Indulto dictado por la Procuraduría General de la República el 8 de septiembre del año 1999.

CONSIDERANDOS

Entre los considerandos señalados figuran que el indulto es la gracia por la cual el Presidente de la República perdona el todo o parte de una pena o exceptúa o exime a una persona de su cumplimiento.

También, que la gracia otorgada a los condenados no extingue totalmente los efectos del delito cometido, aunque permite anular la ejecución de la condenación.

Otro de los considerandos indica que las fechas establecidas para conceder los indultos son el 27 de febrero, el 16 de agosto y el 23 de diciembre.

Las recomendaciones de indulto son tramitadas al Poder Ejecutivo a través de la Procuraduría General de la República.

De conformidad con lo establecido en el artículo 47 literal 18 de la Ley 78-03 (aprueba el Estatuto del Ministerio Público), son atribuciones del procurador general de la República “Definir y ejecutar la política penitenciaria del Estado a través de la Dirección General de Prisiones, de acuerdo a los lineamientos trazados para el funcionamiento del régimen penitenciario, previsto e instaurado por la Ley 224 del 26 de junio de 1984 y cualesquier otros instrumentos afines”.

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