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El Senado conoce proyecto de ley busca controlar controlar a los bebedores

por Carlos Tejada
diciembre 4, 2006
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SANTO DOMINGO.- lA Ley prohíbe toda publicidad de bebidas alcohólicas dirigida a menores de 18 años; también cuando la publicidad sugiera que el consumo de alcohol mejora el rendimiento físico personal e intelectual. También, aquella publicidad que utilice el consumo de bebida alcohólica como estimulante de la sexualidad. El proyecto fue presentado por el senador Tommy Galán Grullón, cuyo objetivo es regularizar el expendio y consumo excesivo de bebidas alcohólicas y penalizar la ingesta en lugares públicos.

Con este proyecto de Ley, se busca la creación del Consejo Nacional de Prevención y Lucha Contra el Consumo Excesivo de Alcohol. Este Consejo estaría presidido por un consejo de asesoría de instituciones publicas y privadas; también lo conformarían la Secretaria de Educación y Cultura, de Salud Pública y la Dirección Nacional de Control de Drogas. El consejo tendrá a su cargo la implementación de los aspectos educativos desde su diseño hasta los temas vinculados al consumo excesivo de alcohol.
La Comisión Permanente de Salud Pública, tratará en su reunión de este martes, sobre el proyecto de Ley de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Bebidas Alcohólicas.

Además, esta Ley prohíbe conducir todo vehiculo de motor cuando el conductor tenga más de 500 miligramos de alcohol en la sangre. Asimismo, para los conductores de motocicletas que lleven 200 miligramos en delante de alcohol en la sangre; también, para los conductores de vehículos destinados a carga, transporte de pasajeros, y transporte escolar, queda totalmente prohibido sin importar la concentración de alcohol. La violación de esta ley se castigará con prisión de uno a tres meses y multas desde 200 pesos hasta 500 pesos, también con la suspensión de la licencia de conducir.

Igualmente, se prohíbe el expendio de alcohol en todos los establecimientos comerciales que se encuentran en estaciones de expendio de gasolina o cualquier derivado de petróleo. En aquellos establecimientos donde se expendan comestibles; colmadones, pulperías, ventorrillos, colmados, bodegas, kiokos, solo se podrá consumir alcohol hasta las 11:00 p.m.

Esta Ley, destinará el sesenta por ciento (60%) de los fondos recaudados a campañas educativas y el cuarenta por ciento (40%) a la compra de los instrumentos que servirán para medir la alcoholemia asi como los insumos.

Finalmente, esta Ley prohíbe toda publicidad de bebidas alcohólicas dirigida a menores de 18 años; también cuando la publicidad sugiera que el consumo de alcohol mejora el rendimiento físico personal e intelectual. También, aquella publicidad que utilice el consumo de bebida alcohólica como estimulante de la sexualidad.

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