SANTO DOMINGO.-Un tribunal de esta ciudad impuso tres años de prisión a los ex ejecutivos del quebrado Banco Nacional de Crédito (Bancrédito), Manuel Arturo Pellerano y Felipe Mendoza. La dictamente de los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional emitido en la madrugada de este jueves condena a los ex ejecutivos del Banco Nacional de Crédito (Bancredito), Manuel Arturo Pellerano y Felipe Mendoza a tres años de reclusión mayor y al pago de una multa de RD$1.0 millón cada uno.
Es la primera sentencia que emite un tribunal dominicano en relación con la quiebra de tres importantes bancos en el 2003 y que habían desencadenado una grave crisis en la economía dominicana.
Según la sentencia los condenados son culpables de falsedad de escritura y manipulación de documentos, para desviar la atención de las autoridades monetarias, sobre un fraude de más de RD$20,000 millones en esa entidad bancaria.
En su edición de este jueves el Listín Diario establece que la sentencia fue leída a la 1:55 de esta madrugada y en ella los magistrados Eduardo Antonio Sánchez Mejía, Esmirna Giselle Méndez y Ana Gabriela Pérez afirmaron que el próximo jueves a las 5:00 de la tarde leerán el documento completo, ya que sólo dieron a conocer la parte condenatoria.
Asimismo, los magistrados dijeron que los condenados tienen un plazo de nueve días para apelar la decisión del tribunal. Los acusados, sus familiares y los abogados de la defensa se encontraban en la sala de audiencia al momento de emitirse el fallo y rehusaron referirse a la decisión judicial.
Los fiscales especiales para fraudes bancarios Francisco García, Germán Miranda Villalona y Carmen Alardo Peña, habían pedido al tribunal condenar a Pellerano y a Mendoza a una pena de ocho años de prisión y al pago de una multa de RD$2.5 millones cada uno.
El ministerio público basó su pedimento ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, en el sentido de existen elementos de pruebas suficientes que indican que los ex ejecutivos bancarios incurrieron en los crímenes de falsedad en escrituras públicas o auténticas, de comercio o de banco, asociación de malhechores, alteración y manipulación de datos y documentos a los fines de desviar la fiscalización e investigaciones monetarias, elaboración y aprobación de balances y estados financieros adulterados o falsos tendentes a la ocultación de operaciones irregulares de la entidad de intermediación financiera, en perjuicio del Estado.
Mientras que los abogados Fernando y Antonio Langa, Santiago Rodríguez Tejada y Tulio Collado, argumentaron variadas razones para pedirle a los jueces Antonio Sánchez Mejía, Ana Gabriela Pérez y Giselle Méndez declarar la absolución de los imputados en vista de que no se ha probado la acusación y no hay suficientes pruebas para establecer la responsabilidad de los coimputados y/o por cualquier otra de las razones enunciadas en el artículo 337 del Código Procesal Penal.