Inmediatamente apresan a alguien con un cargamento de drogas, se procede a incautar como cuerpo del delito los vehículos utilizados para el transporte y distribución de esa sustancia. Entre esos bienes hay fincas, villas, mansiones, yates, edificios de apartamentos, automóviles (todos con categoría de lujo), así como joyas, miles y millones de pesos y dólares.
¿Cuál es el destino que se les da a esos bienes? Esa pregunta ronda en la mente de muchos ciudadanos. El tráfico, comercialización y consumo de estupefacientes está regido por la Ley 50-88, del 30 de mayo de 1988.
Según el capítulo V de esa legislación, que habla sobre los delitos y sanciones, se consideran acciones graves las siguientes: El tráfico ilícito, la fabricación o posesión de material o equipo que sea usado o se intente usar en la producción o fabricación ilícita de drogas o sustancias controladas, y la adquisición, posesión, transferencia o "lavado" de dinero o cualesquiera otros valores, así como las ganancias derivadas de ese tráfico ilícito.
Esa legislación también establece que el decomiso, incautación y custodia de los bienes y beneficios derivados del tráfico ilícito deben permanecer en manos de las autoridades hasta tanto pese sobre éstos sentencia irrevocable y definitiva. Es decir, esas propiedades deben llevarse a un lugar vigilado hasta que los tribunales emitan una sentencia final. Mientras tanto, nadie debe hacer uso de los mismos.
¿Por qué no vender esos bienes incautados y destinar el producto de las ventas a obras sociales y prioritarias? Por ejemplo, se utilizaría en la reparación de carreteras, caminos vecinales, la construcción de escuelas, la compra de medicamentos para los hospitales y las boticas populares, para subsidiar los programas a las instituciones que luchan contra la drogadicción y el Sida.
Se diría que para eso es necesario modificar la ley 50-88. Bueno, si ese es el caso, entonces que la modifiquen. Así se evitaría que las pertenencias tomadas a los narcotraficantes sean cargadas a particulares, en lo que la justicia hace su trabajo. Noten que estamos hablando de pertenencias útiles, pues algunos almacenes del Dirección Nacional de Bienes Incautados están llenos de carros viejos, inservibles, que no sé por qué los tienen allí y no los subastan.
Una buena sanción contra los ciudadanos que trafican con sustancias prohibidas, independientemente de que sean condenados a 15 ó 20 años, sería quitarles definitivamente sus bienes obtenidos durante esas operaciones ilícitas, no retenerlos con posibilidad de devolverlos cuando cumplan las condenas, como ocurre actualmente. Esa es una técnica rígida y efectiva de combatir esa criminal práctica.
Lo de la droga es un asunto preocupante. Se trata de una sustancia química natural o sintética con efectos sobre el sistema nervioso central, que se consume para obtener una alteración del estado de ánimo que resulta placentera y que puede producir fenómenos de tolerancia y adicción. Éstas incluyen fármacos de prescripción legal cuyo uso indebido conduce a problemas de drogodependencia (barbitúricos), sustancias que se compran y se venden de forma ilegal (cocaína, heroína, Cannabis, LSD) y otras que se comercializan de forma legal (alcohol y tabaco). Se pueden fumar (tabaco, marihuana), aspirar (cocaína), inhalar (pegamentos), inyectar (heroína) o tomarse por vía oral (alcohol, drogas de síntesis). Como ven, esto no es un juego.
Comentarios de los Lectores : |
Deben subastarse Por virgilio, santiago, RD Pienso que los bienes incautados deben subastarse y utilizar el dinero para tapar los hoyos de las calles y en la reparación de los puentes. 
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