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  Actualizado viernes 19 de marzo de 2010, 08:22:40 PM (EDT), Santo Domingo, República Dominicana

OPINION

La educación, un derecho del consumidor


Por Cándida Gil
La autora es abogada.


Que se hable del tema educación, es algo que ya se ha tratado mucho en los medios de comunicación, y todos tenemos una idea de que trata la educación; pero, permítanos preguntarle querido lector, ¿estamos todos los consumidores dominicanos educados para ejercer un buen consumo?; aunque en el país se está tratando el tema desde el año 1963, cuando el profesor Juan Bosch era Presidente, se promulgó la ley No.13, sobre consumo; luego ese tema quedó rezagado, hasta que fue retomado, con la creación de la Fundación por los Derechos del Consumidor (FUNDECOM), en el año 1999; Ahora, con una base legal actualizada desde hace cuatro años, en el año 2005, ley 358-05 y reglamentos posteriores; resta mucho que hacer para que todos los consumidores dominicanos nos enteremos que tenemos entre nuestros derechos, la educación para un buen consumo y uso de bienes y servicios.
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Este derecho a la educación está planteado en el numeral b), del artículo 33, del Capítulo IV, de la Ley 358-05, de Protección de los Derechos del Consumidor, trata: “DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR”; dicho artículo y numeral expresan lo siguiente:

“Sin perjuicio de los derechos del consumidor conferidos en disposiciones legales y reglamentarias vigentes y en el derecho común, se reconocen como derechos fundamentales del consumidor o usuario: b) La educación para el consumo y el uso de bienes y servicios”.

De igual forma en los artículos del 89 al 92 de la misma ley mencionada antes, nos explican del tema, veamos:

Artículo 89: “La Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor, por función propia, en coordinación con otras instituciones públicas y privadas, así como organizaciones de consumidores que persigan también este objetivo, promoverá y ejecutará programas de educación y formación del consumidor o usuario.”

Dentro de estas instituciones se pueden mencionar a las escolares, universitarias, tanto públicas como privadas, entre otras.

Artículo 90: “Objetivos de los programas de educación. La educación de los consumidores y usuarios de bienes y servicios tendrá como principales objetivos:

Promover el desarrollo de una mayor capacidad, racionalidad y transparencia en las decisiones de consumo y en la elección de productos y servicios, así como la formación de conciencia sobre sus derechos y su efectivo ejercicio;

Contribuir a prevenir los riesgos derivados del consumo de productos o utilización de servicios;

Difundir el conocimiento de las leyes, normas, acciones, procedimientos, reglamentos e instituciones de defensa y protección del consumidor o usuario; y

Promover el ejercicio de los derechos de la defensa al consumidor o usuario.”

Artículo 91: “Consideración del tema en el sistema educativo. El sistema educativo nacional, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor, incorporara en los programas asignaturas vinculadas, contenidos mínimos sobre los derechos del consumidor, a fin de asegurar un conocimiento general y básico sobre el tema.

Articulo 92. “Programas a través de los medios de comunicación. La Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor y organismos afines, promoverán y publicitaran en los medios de comunicación social en general, espacios en su programación para difundir conceptos de contenido educativo para el consumidor, con especial orientación hacia los sectores de bajo nivel de ingresos y de educación de todo el territorio nacional. Párrafo. En vista de que el espectro radioeléctrico es propiedad del Estado, todo concesionario autorizado para ofrecer servicios de difusión a través de dicho espectro dedicará al menos quince (15)minutos de su programación diaria, aun sea en condiciones comerciales, a difundir temas relativos a la defensa y protección de los derechos de los consumidores y usuarios”.

Lo que la ley 358-05, ha previsto es que los consumidores dominicanos adquiramos una cultura de buen consumo; solamente los consumidores con el ejercicio de su derecho son los que pueden obtener que se produzcan los avances necesarios a gran escala, en materia de consumo; y qué bueno que se haya previsto esta parte en la ley de consumo, de coordinar a las instituciones que están vinculadas al tema de la educación, a fin de lograr que se fomente dicha cultura de buen consumo en la sociedad dominicana.

Que dejemos de pensar por ejemplo, que no vale la pena hacer valer nuestro derecho como consumidor, por el simple hecho de que la cuantía de lo reclamado, sean 15 pesos o 1 peso, o centavos, para poner el caso más extremo; no se trata de la cuantía, sino de que se respeten los derechos del consumidor, no sólo el suyo, sino también el de todos los demás consumidores o usuario que como usted adquieran el producto o servicio.

Es posible que tome cierto tiempo en fomentarse una cultura de consumo en ciertos extractos sociales dominicanos, porque la cultura actual es que si reclamas por 15 pesos o 1 peso, eres un “miserable”; sin darnos cuenta que mientras pensemos de esa forma, seguiremos estando vulnerables frente a aquellos comerciantes o proveedores que se aprovechan de dicha actitud para sacar mejor partido a sus ganancias; no digo todos, porque en “la viña del señor hay de todo”, los que lo hacen y quienes no lo hacen.

Incluir el tema de consumo en una asignatura, en los programas del sistema educativo nacional, es una forma más de contribuir con la cultura de consumo adecuado, ya que los niños, jóvenes y universitarios, van creciendo conociendo sus derechos como consumidores, lo cual les va a ayudar a tener una mejor calidad de vida, y a la vez una relación comercial equilibrada con los proveedores.

Otro punto muy pero muy importante también, es la difundir educación a los consumidores a través de los medios de comunicación, porque estos llegan a un sinnúmero de lugares y hogares, y a personas que tal vez no han terminado su educación básica, pero que también consumen, y que a través de estos medios se enteran como ejercer sus derechos como consumidores. Pero también están las personas mayores, que desde su casa si no pueden salir por alguna convalecencia se informan de sus derechos como consumidores, por radio, televisión… por poner un ejemplo.

Hemos visto, en algunas instituciones que están dedicando folletos con fines educativos, como ejemplo tenemos a Pro Consumidor que mediante estos y volantes, explica a los consumidores de una forma sencilla, sobre sus derechos protegidos por la ley; también hemos visto, al ir a realizar el pago de la luz, que tienen unos folletos explicándonos sobre conocer nuestra factura, y lo que tenemos que saber como consumidores eléctricos;

En conclusión, así en cualquier institución que lo esté haciendo y que visitemos, tomemos esos volantes, y saquemos un tiempo para leerlos, a fin de enterarnos de lo que ahí se expresa y estar al tanto de lo que tiene que ver con el producto o servicio que estemos adquiriendo; mientras más educados estemos como consumidores, mejor podremos tomar las decisiones sobre el producto o servicio que deseamos adquirir, o que estamos recibiendo, con el menor riesgo de equivocarnos, o de saber llevar nuestro control de consumo; lo cual puede afectar positivamente nuestro presupuesto, lo cual es muy importante en estos tiempos de cri$i$. Entendemos, que como profesional, tenemos el deber de contribuir con un granito de arena a la educación de los consumidores dominicanos, y es lo que hacemos a través de este medio de comunicación; le invitamos a que ustedes, proveedores, lo hagan a través de sus empresas, con esto estarán cumpliendo con parte de la responsabilidad social de las empresas, y el consumidor y la comunidad en que este viva, se identificará más con su empresa, porque se sentirá informado por ella.



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