OPINION
La Asamblea Revisora y propiedad intelectual
Por David La Hoz El autor es abogado
|
|
Al discutir el artículo 53 del Anteproyecto de Reforma Constitucional que les remitiera el Poder Ejecutivo, los asambleístas constitucionales que se han abrogado la facultad de decidir por el pueblo, en una materia que les está vedada, al conocer en primera lectura lo referente a la cultura, incurrieron en una serie de errores conceptuales que llaman la atención y que no deben pasar desapercibidos.
|
En primer lugar, resultó penoso observar que dicho tema, esencial en la era digital, en la sociedad del conocimiento y de la propiedad intelectual, fue de interés solo para un número muy reducido de asambleístas. Si nos detenemos en los pocos que lo hicieron vamos a notar que solo en el caso del asambleísta Pelegrín Castillo, hubo un adecuado manejo de los juicios y conceptos que se estaban manejando.
Esto así, porque una cosa es la cultura, el patrimonio histórico-cultural de la nación, y otra muy diferente la propiedad intelectual y su explotación.
Resulta que la propiedad intelectual es una rama jurídica de tercera generación que se divide en dos ramas claramente delimitables, la propiedad industrial y el derecho de autor. A su vez la propiedad industrial tiene que ver con asuntos tales como los nombres comerciales, las marcas de fábricas, los signos distintivos, las invenciones científicas, etc. Mientras que el derecho de autor o propiedad literaria y artística, tiene dos divisiones primarias, un derecho moral y un derecho patrimonial. A los asambleístas les ha quedado claro el derecho moral.
Todos los tratados internacionales sobre propiedad intelectual explican y diferencian cada uno de estos conceptos, tócale al legislador constitucional u ordinario, distinguir o bien crear una terminología aglutinante para evitar luego exclusiones o interpretaciones acomodaticias entre los intereses encontrados, por ejemplo, en los ámbitos de la tecnología, los medicamentos y las creaciones artísticas e intelectuales en general.
Esa línea de pensamiento conduce a que nos preguntemos dónde ubicar la propiedad intelectual, ¿dentro de los derechos culturales o dentro de la función social de la propiedad? ¿Qué es más provechoso para el país ubicar dichos derechos en el seno de la cultura o en el seno de la propiedad?
En cualquiera de las respuestas que se escoja quedará claro que la propiedad intelectual cae, como su nombre lo indica, dentro del marco de la propiedad y su diversidad clasificatoria. Es decir, en el ámbito del artículo 42 del Anteproyecto que está siendo convertido en nueva constitución, pero nunca en 53 porque éste último, versa sobre la cultura en toda su manifestación, y medicamento genérico y medicamento comercial no son cosas idénticas; obras intelectuales y artísticas o propiedad literaria y artística dentro del ámbito comercial y dentro del seno del dominio público cultural o derecho de autor no es lo mismo. Cuando una persona física o moral invierte recursos en la creación de una invención, una película, una obra musical tiene el derecho a recuperar lo invertido e incluso a lucrarse de su creación. La obra va a la sociedad, pero la ha creado un individuo o varios. Circunstancia que les da derecho a poseer un derecho patrimonial, un derecho de explotación de la obra creada por su intelecto.
La propiedad intelectual, las invenciones luego de un dilatado proceso de explotación, pueden caer en el ámbito del dominio público o en el dominio público cultural, pero dicha caída no es automática como al parecer han creído los asambleístas. No, al Estado y a sus poderes, les asiste la obligación de otorgar garantías a todo creador de obras intelectuales y artísticas de que su creación no solo será respectada (derecho moral) sino que se le permitirá explotarla (derecho patrimonial), porque solo así, se otorga el incentivo necesario para las creaciones. Es la vieja crítica que hace Aristóteles a Platón cuando le reprocha o bien le plantea lo impracticable que es la exclusión del concepto de propiedad que plantea en su libro La República, porque, a juicio de Aristóteles nada ama más el hombre que sus bienes y su familia, si no las posee no tiene el incentivo vital para crearlas. Por eso Aristóteles sugiere un sistema de propiedad mixto. Es decir, un periodo de explotación dilatado (en Estados Unidos 90 años, en nuestro país 70 años) y luego la explotación que decidan sus herederos y causahabientes, posteriormente, la posibilidad de generalizar dicho bienes a título cultural o gratuito, pero no a la inversa.
Tan descamisados anda los asambleístas en materia de conceptuar el dominio público que no han sido capaces de incorporarlo ni siquiera en el ámbito ambiental, pero sí en el derecho de costa, lo cual esta en el artículo10 y lo apoyamos. Campos en los que sí han debido de mostrarse celosos guardianes de la naturaleza de las cosa porque la definición de bien de dominio público es conforme a la naturaleza de éstos, pero pretender que en el interior de la creatividad humana, exista una socialización como condición previa la existencia de un bien no es lo más adecuado.
Una solución más práctica, si se deciden por rechazar el sano juicio del asambleísta Pelegrín Castillo, sería la de por vez primera en el constitucionalismo dominicano, excluir toda referencia a la materia propiedad intelectual.
Por eso hemos dicho y ahora repetimos que la instauración de un Estado Social podría acusar los mismos vicios que el constitucionalistas francés Maurice Duverger ha criticado siempre a las constituciones latinoamericanas, que son dictadas desde arriba para ser aplicadas a un pueblo que no ha sido educado para su comprensión, cuando al pueblo se añaden los legisladores, es obvio que se den inconvenientes como los aquí planteados. Por eso hemos planteado la necesidad de una constituyente y, nos hemos equivocado solo en el hecho de que entendíamos que las criticas a la asamblea Revisora y su constitución iniciarían al día siguiente de su aprobación, ahora estamos observando que sin que se haya finalizado su aprobación están siendo objeto de fuertes criticas. D-L-H-3-5-2009.
Comentarios de los Lectores : |
No hay comentarios para este articulo. Sea el primero en comentarlo.
|

Más Artículos de Diómedes Tejada Gómez : |
| El Armagedón, Nostradamus y las 7 profecías mayas, Manuel Vólquez, domingo, 09:34 AM | | Males eternos en el país , Felipe Mora, miércoles, 07:25 AM | | El día mundial del consumidor, Cándida Gil, domingo, 12:58 PM | | Una crisis que beneficia a los consumidores, Manuel Vólquez, lunes, 10:49 AM | | ¿Quién es Ninguno? , Narciso Isa Conde, martes, 08:57 PM | | El PLD y Santiago, Euri Cabral, domingo, 11:49 PM | | Las acciones de la refinería, Euri Cabral, sábado, 09:18 PM | | Dar mucho más y quedarse con mucho más, Diego A. Sosa Sosa, lunes, 07:18 AM | | Paso, a paso, hasta la Cumbre Mundial por Haiti, Rafael Paradell Díaz, viernes, 10:51 AM | | Turismo y monumentos en Santo Domingo, David La Hoz, domingo, 05:46 PM | | Que no se olvide, Héctor Olivo, domingo, 05:17 PM | | La industria de la música, David La Hoz, domingo, 08:39 AM | | ¿Legalizar las drogas?, Euri Cabral, domingo, 09:43 AM | | La lucha por la justicia en 2009, David La Hoz, martes, 08:23 AM | | Los 56 años de Leonel , Manuel Díaz Aponte , martes, 04:46 PM | | Tiempo de felicitaciones, Víctor Corcoba Herrero, domingo, 09:20 AM | | Por amor al terror, Juan Freddy Armando, martes, 05:05 AM | | Banco Central y crecimiento, Euri Cabral, domingo, 10:29 PM | | Las convenciones del PLD y el PRD, Euri Cabral, lunes, 08:59 AM | | Una práctica perversa, deshumanizada y malvada, Manuel Vólquez, miércoles, 10:45 PM | | Calderón, el PRD y el PLD, Euri Cabral, sábado, 06:56 AM | | La modificación del código, Euri Cabral, domingo, 09:45 AM | | El Ejemplo de China, Manuel Díaz Aponte, miércoles, 11:25 AM | | Proeza de Jesús en Pablo, Euri Cabral, sábado, 09:22 AM | | Edificaciones históricas de Macorís se caen a pedazos , Manuel Díaz Aponte, jueves, 02:57 PM | | La resposabilidad social del sector electrico, Cándida Gil, domingo, 12:04 PM | | ¿Si revisan los contratos del sector eléctrico?, Cándida Gil, domingo, 05:53 PM | | ¿Qué hacer con los bienes incautados?, Manuel Vólquez, miércoles, 09:26 AM | | Se marchó Mimí, Leo Hernández, domingo, 02:34 PM | | Sede de Olimpiada en Brasil , Manuel Díaz Aponte , domingo, 09:25 PM | | De rebeldes y rebeldías, Alejandro Abreu , jueves, 11:42 PM | | El terrorismo mediático, inmoralidad y algo más, Manuel Vólquez, lunes, 10:46 AM | | Iglesia y Política , Balbina Negreira, viernes, 07:58 AM | | Aumento salarial a los médicos , Balbina Negreira, miércoles, 08:14 AM | | Comida callejera, Cándida Gil, domingo, 12:55 PM | | El nepotismo, David La Hoz , domingo, 12:21 PM | | Las redes sociales , Clemente Ferrer Roselló*, viernes, 10:47 AM | | Mezclando: Debería existir el infierno... , Balbina Negreira, miércoles, 09:01 PM | | El reto que enfrenta Celso , Silvio Herasme Peña, domingo, 08:58 AM | | El crimen de corrupción Administrativa , David La Hoz, domingo, 11:15 AM | | Soberanía, REFIDONSA y Venezuela, David La Hoz, domingo, 12:35 PM | | Escuelas moral, Víctor Corcoba Herrero, jueves, 08:55 AM | | Ventas por medios de comunicación, Cándida Gil, domingo, 11:41 AM | | La política anticorrupción del gobierno , David La Hoz, domingo, 08:33 AM | | La expansión diplomática dominicana, Manuel Díaz Aponte, domingo, 07:23 PM | | Lo que está en juego en Honduras, David La Hoz, domingo, 12:15 PM | | ¿Es golpista el Magistrado Jorge Subero Isa?, David La Hoz, domingo, 10:11 AM | | La Cementera y el Presidente, David La Hoz, domingo, 10:46 AM | | La Reforma constitucional, la cementera y la Refinería, David La Hoz, domingo, 10:20 AM | | Congreso, ¡cúrate a tí mismo!, Amy Goodman, jueves, 10:27 PM |
|
|
 |
| |
 |
|
|
|
|
| |
Las
columnas más visitadas |
|
|
|
|
|
| |
Las
columnas más comentadas |
|
|
|
|
|
|