La medida podría afectar a miles de afiliados al Seguro Familiar de Salud y de otros beneficios en vista de que la TSS ha sorprendido a muchas empresas condicionándolas a recibirles las cuotas a que cumplan con la deuda que mantienen con el Infotep.
La ley que crea el régimen de Seguridad Social de República Dominicana no le faculta a la TSS ser agente de retención de tercero y menos que para cumplir con esa tarea le impida a las empresas cumplir con el mandato de la ley misma.
Muchas de las empresas hasta desconocían que debían pagar cuotas a Infotep, porque tales deudas no le habían sido comunicada por este organismo.
El acuerdo de la TSS con Infotep es por tanto violatorio a la propia ley de Seguridad Social, en virtud de que esta implica servicios vitales a la ciudadanía, como es el de salud y no debe estar condicionado a otros acuerdos y deberes que no sean los que la misma ley dicta.
El pasado miércoles, cuando empresas tenían que formalizar el pago de la cuota de la TSS, fueron impedidas de hacer el pago, con la consecuencia de que al no ser recibido éste tiene el derecho a establecer penalizaciones contra la empresa a la que se negó a recibirle el pago.
El acuerdo fue rubricado por el anterior director de Infotep, Melanio Paredes y el entonces secretario de Trabajo, José Ramón Fadul, en su condición del presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social. Los términos del acuerdo ni su puesta en vigencia fueron comunicados por las referidas instituciones a las empresas.
Actualmente, preside el CNSS el doctor Max Puig, secretario de Estado de Trabajo, quien sustiyó a Fadul, actual secretario de Estado de Comercio.
Por la ley 116 que crea en Infotep está establecido que las empresas, entidades privadas, tienen que pagar el 1 por ciento mensual de su nómina de sueldos o salarios fijos para ese organismo. Lo que no esta establecido en la ley 87-01 es que la Tesorería de Seguridad Social pueda negarse a cumplir con el mandato de su propia ley por hacer de agente de retención de tercero.
Contrario al acuerdo con Infotep, el que el CNSS firmó con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) se circuscribe a intercambiar informaciones, no así a vincular el cumplimiento de una ley con la otra, menos como la Seguridad Social que consagra derechos los ciudadanos que se derivan del cumpimiento de la misma.