En una carta remitida al jefe del Estado, la entidad comercial Explica que “el Fondet declaró desierta la licitación alegando que ninguna de las empresas participantes cumplió con el requerimiento de la financiación del cien por ciento del valor de los vehículos y el requisito de una garantía de cuatro años y hasta trescientos mil kilómetros, a pesar de que esos dos requisitos no aparecían en el pliego de condiciones de la licitación y por lo tanto no podían utilizarse como excusa para invalidar el resultado”.
En una comunicación dirigida al jefe del Estado, Korea Internacional asegura que ganó la licitación al ser la única empresa participante que cumplió con todos los requerimientos del pliego de condiciones, incluyendo la mejor garantía de financiamiento, el menor plazo de entrega y kilometraje de los vehículos y la oferta más económica, con una diferencia de 48 millones de pesos con relación a la propuesta que quedó en segundo lugar.
“Resulta incorrecto afirmar que la Licitación requería de un financiamiento del cien por ciento del monto de adquisición de los vehículos, toda vez que el Pliego de Condiciones en su cláusula 1.13.1 no lo exigía. A su vez, el FONDET en todo momento afirmó tener una suma cercana a los cincuenta millones de pesos como inicial para el indicado financiamiento. Partiendo de este punto el Consorcio Korea Internacional aseguró una financiación por once millones de dólares de los once millones doscientos mil dólares a que correspondería el financiamiento. Es decir, el 98.21% del monto a financiar”, apunta Korea Internacional.
Tras señalar que el restante 1.79 % era una suma más que fácil de cubrir con los fondos propios del FONDET, como la propia entidad había afirmado, el Consorcio señala que en un gesto de buena fe le comunicó al al organismo público que podía contar con el cien por ciento de la financiación y un plazo de 8 años para pagar, seis meses de gracias y una tasa de interés anual de un 5.8%, con pagos semestrales.
En cuanto al señalamiento de que el Consorcio Korea Internacional no cumplió con la garantía de mantenimiento, chasis y motor exigida, al supuestamente no asegurar trescientos mil kilómetros, aclara que “el Pliego de Condiciones que rigió la oferta era claro en su cláusula 1.12.2, ya que indicaba que se requería garantía de cuatro años o su equivalente en kilómetros, sin indicar la forma de establecer la equivalencia. Partiendo de este punto el Consorcio Korea Internacional realizó su oferta con cuatro años de garantía. En consecuencia, resultó incorrecto que el FONDET de manera discrecional agregara posteriormente el número de trescientos mil (300,000) kiló.
En su carta al presidente Fernández, la firma suplidora justifica su decisión de recurrir ante el Tribunal Contencioso, Tributario y Administrativo la suspensión y nulidad de la convocatoria de la segunda licitación, “con la finalidad de que se reconozcan los derechos del Consorcio Korea Internacional y la validez de su oferta y en consecuencia le sea otorgada la correspondiente Licitación”.
El Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo tiene pendiente el fallo sobre la solicitud de suspensión.
La comunicación dirigida al primer mandatario está suscrita por el licenciado Pedro Luis Mena, presidente de Korea Internacional.