Y (b) Las Reformas Constitucionales en Latinoamérica y el Caribe. Experiencias y Perspectivas. Ambos documentos, sin lugar a dudas, contribuirán a las
discusiones que sobre el tema, se van a producir en los próximos días, sobre
todo después del 16 de Agosto 08,cuando será formalmente enviado al Congreso
Nacional, por el Poder Ejecutivo el referido proyecto de reforma.
Ya se habían realizado intentos similares o parecidos, en el periodo (1996-2000), donde se elaboraron propuestas con la finalidad de ser enviadas al Congreso Nacional, a fin de proceder a la Reforma Constitucional, sin embargo, la única que prosperó y logró sus objetivos fue la reforma constitucional del 2002,promovida por el entonces Presidente de la República Ing. Hipólito Mejia, y que fue proclama el 25 de Julio del 2002,y que se realizó mediante el mecanismo dela Asamblea Revisora; ya sabemos los resultados y las consecuencias políticas inmediatas de dichas reformas, los acontecimientos han sido tan recientes que apenas 2002 al
2008, y al parecer estamos en un país de anestesiados.
El pasado 9 de Octubre del 2006, y en escenario del Alma Mater de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, el Señor Presidente de la República,
dijo un memorable y brillante discurso, al cual se tituló: La Reforma Constitucional de la República Dominicana: el marco temático y el proceso de
la consulta popular, para dar apertura al proceso de la Consulta Popular. En
esta pieza el Jefe del Estado, delineo las perspectivas del proceso de discusión y se dio a conocer tanto la Comisión de Reforma Constitucional, así como la Comisión de Expertos de la Reforma Constitucional, este exquisito grupo navego en las investigaciones y los debates durante dos años, y ahora nos presentan sus resultados. Ya habíamos adelantado algunos juicios, cuando en fecha 11 de Octubre 2007, escribimos: La incorporación del Defensor del Pueblo, en la próxima reforma a la Constitución es un hecho irreversible, que promete colocar en su justo lugar, a una figura jurídica que garantizará el desarrollo del Estado de Derecho y profundizará las conquistas logradas, no solo en el ámbito de las libertades publicas, sino y sobretodo en el fortalecimiento del Estado y sus instituciones mas representativas. Aunque nunca falta un pelo en la sopa. Cuarenta y ocho horas después de la brillante intervención del Jefe del Estado, la Comisión Ejecutiva para el Proceso de la reforma Constitucional, creada mediante el Decreto 323-06 del 3 de Agosto del 2006, da a conocer un documento para la
Consulta Popular para la reforma constitucional, donde publican las 77
preguntas elaboradas para facilitar los debates que sobre el tema de la
reforma constitucional, deberán responder los ciudadanos, y para sorpresa de
la opinión publica, entre las 77 preguntas, no aparece una sola referente al
Defensor del Pueblo. ¿Qué ocurrió allí? ¿Quién explica?
Al parecer a la Comisión de Expertos o a la Comisión de Ejecutiva, se le
pasó colocar el tema, se le escapó la idea del Defensor del Pueblo, o
simplemente se marginó para evitar simpatía o adhesiones, que podría
enfrentar a quienes desde ese mismo escenario no desean la materialización
de la idea de tener un Defensor del Pueblo, tal y como dice la ley 19-01,
sin embargo, y como decía mi abuela, el diablo no duerme, cuando el tema
entró en debate de las asambleas por municipios, en varios de ellos los
asambleístas se pronunciaron a favor de Constitucionalizar la figura del
Defensor del Pueblo, y en forma reiterada, solicitan que en la próxima
Reforma Constitucional, se adopté esta figura con rango Constitucional, en
algunos casos, se le solicita como crear la Defensoría del Pueblo, mientras
que en otros, simplemente se le identifica como: Habrá un Defensor del
Pueblo, como figura jurídica del Estado para supervisar y vigilar las
conductas de los funcionarios públicos en la aplicación de la ley, como
garantía del Debido Proceso de Ley.
La ley ya existe, tiene siete largos años en el tejemaneje de los Diputados, a quienes le tocará ahora al convertirse en Asamblea Revisora en darle ese carácter constitucional solicitado y anhelado por las asambleas de los municipios consultados en el proceso de Reforma Constitucional. No tengo idea de cómo votaran en su momentos estos diputados, que durante siete años, no han podido implementar la ley, y ahora por mandato de los consultados en la reforma se verán en la obligación de darle un carácter Constitucional al asunto. Nada debe de sorprender estamos en la República Dominicana, país inagotable, donde el teatro del absurdo adquiere uno de sus mejores escenarios.
Sobre el mecanismo, de que sí es una Asamblea Revisora y una asamblea
constituyente, es lamentable escuchar las opiniones de la oposición encabezada por el PRD, ellos mismos lo hoy vociferantes contra la asamblea revisora, la respaldaron con delirio en la ultima modificación electoral, cuyos resultados tristes todos conocemos ¿como hoy es mismo partido, se desdiga y proclame lo que ayer apoyó, sin explicar su cambio? Por esas incongruencias, .es que cada día pierden credibilidad política y electoral, a veces uno no sabe si eso es lo mejor que pueda suceder, porque ese comportamiento marca el desastre del liderazgo opositor, donde sin lugar a dudas, quien observe mayor coherencia política y mejor discurso, se mantendrá al frente del debate político del país.