Planeamiento Urbano del ADN invitó a todos los ingenieros, arquitectos, compañías constructoras, inmobiliarias, personas físicas y cualquier otro contribuyente, cuyos expedientes fueron depositados en esa Dirección antes del 12 de mayo, a regularizar su situación y a pagar sus tasas y arbitrios correspondientes en un plazo no mayor a los 30 días, a partir de esta fecha.
Vencido dicho plazo y de no regularizarse la situación de varios proyectos y solicitudes, se procederá a la aplicación de la Resolución 5/2004, ratificada por la Resolución 17/2005 sobre trámites, procedimientos, tasas, arbitrios y sanciones.
Se exceptúan de esta disposición los expedientes que se encuentran sometidos por violaciones a las disposiciones vigentes en esta Dirección. En estos últimos casos, los promotores de viviendas y otras edificaciones, solicitantes de uso de suelo, construcciones y remodelaciones serán afectados con sanciones que podrían llegar incluso a la demolición de las estructuras ilegales.
Los pagos establecidos por Planeamiento Urbano del ADN son autorizados por las resoluciones 112/2000 y 181/1999.
En los archivos de la Dirección de Planeamiento Urbano hay numerosos expedientes que ya fueron evaluados, y sólo están a la espera de que las personas y empresas interesadas pasen a retirarlos, previo pago de los arbitrios correspondientes.