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  Actualizado viernes 19 de marzo de 2010, 08:22:40 PM (EDT), Santo Domingo, República Dominicana

PRESIDENTE DE CAP CANA

Tres jueces ordenan arrestar a empresario Ricardo Hazoury

Los magistrados le pusieron impedimento de salida en setencia leída este lunes.

Por Servicios de Noticias
Diario DigitalRD.Com

SANTO DOMINGO, (31 DE MARZO, 2008)- -Tres jueces del Tribunal Superior de Tierras ordenaron el arresto y la conducencia contra el presidente del Grupo Cap Cana por no comparecer este lunes a la audiencia que se le sigue por presunto fraude inmobiliario en perjuicio del propietario de varias mejoras al hipotecar la propiedad sin su autorización por 40 millones de dólares.
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Donald Trump y Ricardo Hazoury encabezaron la feria.
Donald Trump y Ricardo Hazoury encabezaron la feria. ( Fuente Externa )

 
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Los jueces, doctores Rafael Ciprián, Marino Álvarez y Luz Ubiñas también ordenaron colocar impedimento de salida al presidente de Cap Cana señor Ricardo Hazoury Toral.

La sentencia fue leida luego de varias horas de deliberaciones tras comprobar que Hazoury no complació a la audiencia no obstante estar debida mente citado.

Hazoury Toral deberán llevarlo en calidad de detenido a la próxima audiencia prevista para el 7 de abril del 2008, a las 9:00 de la mañana.

Los jueces previo a ordenar el arresto y conducencia declararon lio declararon en rebeldía por no acudir al juicio en su contra. Sus abogados alegaron que estaba jugando golf.

La audiencia fue ventilada en cuarta planta del edificio de la Jurisdicción Inmobiliaria, ubicado en la avenida Jiménez Moya esquina avenida Independencia, del Centro de los Héroes, Constanza, Maimón y Estero Hondo (La Feria).

Con la acusación interpuesta por el señor Manuel Emilio Gómez Pion, el presidente del grupo Cap Cana, enfrenta a una pena de seis días a dos años prisión.

Gómez Pión acusa al Grupo Cap Cana y al señor Hazoury Toral haber hipotecado por 40 millones de dólares a una entidad bancaria nacional sus derechos inmobiliarios sobre un millón 761 mil 200 metros cuadrados de terrenos en la parcela número 367-B-15-refundida-32 del Distrito Catastral núm. 11, municipio de Higüey, sección Jina Jaragua, paraje Guanillo, provincia La Altagracia, amparada en el certificado de títulos de títulos, duplicado del dueño, número 73-189 expedido por el Registrador de títulos de El Seibo.

El delito de fraude inmobiliario o estelionato está previsto en el artículo 243 de la ley 1542 de Registro de Tierras, y castiga “con penas de prisión de seis días a dos años, a todo aquel que venda, traspase, hipoteque o arriende un terreno, a sabiendas que sobre el mismo pesa algún gravamen, servidumbre o derecho”.

La querella fue Interpuesta a través de los abogados doctores Ulises Cabrera, Jorge Lora Castillo, Manuel Cáceres Genao y Luis Soto.

La audiencia fue aplazada para el lunes 7 de abril, por el señor Hazoury, no comparecer al tribunal y los jueces requieren de su presencia para que explique la acusación en su contra.

Gómez Pión ocupaba esos terrenos desde que eran propiedad del Central Romana que también les reconoció sus derechos sustentado en un certificado de títulos duplicado del dueño.

Capa Cana y la empresa Miniari el 18 de octubre del 2003 se comprometió a pagar ocho millones 806 mil dólares a Gómez Pion, por las mejoras construidas, en los terrenos que ocupaba legalmente, según el acuerdo de intención firmado entre el propio Gómez Pion y el ingeniero Ricardo Hazoury en representación de inversiones H.T.S.A., presidente del Consejo de Administración de Miniario.

La compañía Miniari y Cap Cana, se comprometió a pagar a cinco dólares el metro cuadrados sin que hasta la fecha haya efectuado el pago, tratando de desalojarlo aunque ocupa legalmente la propiedad.

Mantiene varias demandas en contra de Cap Cana en procurar que los tribunales hagan valer sus derechos inmobiliarios registrados.

En una ocasión las cuentas bancarias de Cap Cana fueron embargadas por 17 millones 612 mil de dólares por el propietario de una mejora que fue destruida por esa empresa turística en Punta Cana.

El embargo fue hecho mediante el acto 1356/07 del ministerial Miguel Odalis Espinal, alguacil de Estrado de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional a requerimiento de Manuel Emilio Gómez Pión, aunque posteriomente los tribunales decidieron al respecto a favor de Cap Cana.



    Comentarios de los Lectores :

Caso Juanillo | Por Josefina de Gomez, Santo Domingo, R. D.

Si hay justicia debera ser condenado.



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