OPINION
La sentencia del Plan Renove
Por Noemí Herrera La autora es periodista
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El Pasado lunes los jueces de la Tercera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional emitieron una sentencia de descargo en favor de todos los implicados en el desfalco realizado al Estado Dominicano, a través del Programa de Renovación Vehicular, mejor conocido como “Plan Renove”.
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Muchos han sido los comentarios que ha desatado la referida sentencia emitida por los jueces Ignacio Camacho presidente , Nancy María Joaquín y Luís Omar Ramírez, dicho dictamen ha dejado como resultado una discusión entre abogados y personas duchas en la materia sobre lo que establece el artículo 102 de la constitución de la República, donde deja claro que la prevaricación es un crimen.
Este artículo estipula las sanciones que se les aplicaría a los que incurren en ella, hoy ha dejado el acíbar de que este es solamente un delito administrativo, para los jueces que conforman la tercera sala de la corte de Apelación del Distrito Nacional.
Habrá que ver si la constitución de un país es interpretativa al igual que la Biblia, el más antiguo y perfecto de los libros además de ser uno de los más leídos.
Esta decisión anula la sentencia que en primer grado emitiera la Jueza de la 5ta Cámara Penal Esther Agelan Casasnova, quien dicto medidas de coerción para la mayoría de los implicados, ya que a su intima convicción entendió que existían indicios serios y concordantes que comprometen la responsabilidad Penal de los implicados en el expediente.
La Sentencia de la Tercera de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, más que una decisión se ha convertido en una desesperanza para los que confiaban en los jueces y peor aún los mismos sin proponérselo promueven el antivalor.
Es un antivalor por que manda un mensaje negativo directo a los jóvenes, “de que se puede acumular dinero y fortuna sin estudiar” y se roba las esperanzas de los dominicanos (as), que pensaban que no todo está perdido.
Con este descargo de toda responsabilidad a los implicados del Plan Renove, se da un espaldarazo a la corrupción administrativa y se alientan las esperanzas de los funcionarios y ex funcionarios que una vez fueron sometidos o tienen expedientes de corrupción ya que envía la señal de que correrán igual suerte.
Sólo queda a las autoridades del Ministerio Público apelar ante el más alto tribunal la Suprema Corte de Justicia, tribunal que tendrá la responsabilidad de devolver la esperanza perdida a los ciudadanos.
Comentarios de los Lectores : |
La felicito Por MIGUEL ANDÚJAR, Tokio, Japón A esa dama la felicito por su muy atinado trabajo acerca de este grupo jóvenes que se hacen llamar estudiantes y que no poseen un mínimo de criterio de lo que son ni como jóvenes ni tampoco como estudiantes. Esa es la consecuencia de la falta de educación en el hogar,pero también la inversión de valores en la que hemos caído lamentablemente. Ahora las autoridades universitarias están llamadas a sancionarlos de manera ejemplar para que hechos tan bochornosos como esos jamás de los jamases vuelvan a repetirse. Miguel Andújar, Cónsul de la República Dominicana en Japón  La Constitución no establce sanciones en materia de prevaricación Por Anton Martin, Santo Domingo Eso de que la Constitución establece claramente las sanciones a quienes incurran en Prevaricatio no es correcto. La Constitución plantea el acto ilicito pero remite a la ley la cuestión de la penalidad. Entonces, mientras no se establezcan en la ley las penas para este delito no se podría establecer la correspondiente responsabilidad penal, sin duda sería ilegal y podría dar al traste con alguna responsabilidad civil y administrativa, no más...
A todo esto le insto a que de una nueva leida al Art. 102 de la Constitución, conjuntamente con el 8.5. Al tiempo en que se analiza el llamado principio de legalidad en materia penal. 
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